Soya transgénica de Monsanto fue frenada, pero el daño ambiental fue ignorado

Nacional
/ 5 noviembre 2015

25 mil familias mayas derrotaron a la empresa en la suprema Corte, tras un proceso de cuatro años, pero sus abogados advirtieron que el daño ambiental, causado con permisos presuntamente ilegales, quedó impune, al menos por el momento.

Uno de los daños de mayor consideración fue para las actividades de apicultura de la región, es decir de la producción de miel, actividad fundamental de la que dependen la mayoría de las familias de las regiones afectadas

Por Arturo Ángel (@arturoangel20) para Animal Político

Fue unánime. Los cinco ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dieron la razón a 25 mil familias de las comunidades mayas de Campeche y Yucatán afectadas por la  producción de soya transgénica de la empresa Monsanto, y anularon el permiso dela gigante trasnacional para continuar con la siembra, hasta que sometan a consulta pública la información y las afectaciones que esta actividad genera.

Aunque los efectos totales del amparo aún están por conocerse, el abogado de las comunidades afectadas Jorge Fernández confirmó que una vez notificada la sentencia, la empresa estaría obligada a detener la producción de  soya modificada.

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“Los ministros por unanimidad decidieron que se había violado el derecho que tienen las comunidades y que está  consagrado en la Constitución y en tratados internaciones, para que se les consulte con toda la información disponible y en su idioma de cualquier tema que afecte su entorno y ellos decidan si dan su autorización o no” dijo en entrevista con Animal Político.

Sin embargo, agregó el abogado, en su debate y pronunciamiento los ministros no abordaron la otra parte del amparo relacionada con el daño ambiental que ya causó la empresa, luego de que el gobierno federal le expidió permisos para  sembrar la soya transgénica pese a dictámenes ambientales que advirtieron del riesgo para el ecosistema.

“A reserva que revisemos el documento completo de la sentencia tenemos que lamentar que una vez más el tema de los derechos ambientales quede de lado aun en la Corte; creemos que los ministros se quedaron cortos al no tratar el tema ambiental  que sí abordaron en un inicio los jueces de los amparos originales” señaló Fernández.

Araceli Pech Martin, originaria de la comunidad de Hopelchen en Campeche,  y que acudió a la sesión de la Corte en representación de todas las familias afectadas por la siembra de la soya, advirtió que los tiempos en los que se podían pisotear los derechos de las comunidades indígenas ya quedaron atrás.

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“El haberle ganado a Monsanto es un referente muy importante para nosotros y es tiempo de que las comunidades indígenas defendamos nuestros derechos porque por años nos hemos acostumbrado  que pasen sobre ellos y no reclamamos. El camino se está abriendo para ello” dijo en entrevista.

La sentencia de la Segunda Sala, agregó Francisco Martínez Esponda, director Regional de la organización no gubernamental Centro Mexicano de Derechos Ambientales, también servirá de referente para otros procesos que ya se encuentran en curso relacionados con daño provocados en comunidades indígenas, principalmente de Chiapas y Quintana Roo.

Ni siquiera les preguntaron

El derecho mexicano e internacional respalda a las comunidades indígenas para que sean consultadas y tomadas en cuenta si su entorno pretende ser intervenido en cualquier forma. El articulo 2 de la Constitución y en el 108 de la Ley de Bioseguridad, subrayan que las comunidades tienen la garantía de ser consultadas de forma libre e informada.

De la misma forma el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la declaración de Naciones Unidas sobre seguridad de los Pueblos Indígenas, refirman el derecho de información y consulta de las comunidades.

Pero nada de eso ocurrió en el caso de Monsanto. Los ministros de la Segunda Sala concluyeron que las 25 mil familias de las distintas regiones mayas de Yucatán y Campeche donde se siembran la soya transgénica nunca fueron consultadas sobre lo que se iba a hacer en el territorio donde viven.

El resultado a los pocos meses fue una afectación considerable en las zonas de cultivo y trabajo de las que dependen las comunidades, pues no hubo ningún tipo de previsión ni preparación al respecto.

“Nosotros tenemos que estar en la consulta porque no pueden consultar a quien no está afectado.  Y el tema no es si solo siembra o no esta soya sino como protegen a las comunidades mayas e indígenas con todos sus recursos naturales y la biodiversidad que tanto daño se está haciendo con esta agricultura industrial y como nos pueden proteger” señaló Pech Martin.

Uno de los daños de mayor consideración fue para las actividades de apicultura de la región, es decir de la producción de miel, actividad fundamental de la que dependen la mayoría  de las familias de las regiones afectadas.

Las abejas, explicó Pech, comenzaron a  morirse por las fumigaciones aéreas hechas para los cultivos de la soya transgénica.

“Tenemos también  el riesgo de la contaminación de la miel con el rastro del polen transgénico… estamos disminuyendo el volumen de producción y esto se debe a que hay grandes extensiones de deforestación y a que hay una pérdida de especies que necesitan las abejas para el néctar y el polen” señaló.

En ese contexto, la segunda Sala de la Corte, que preside el ministro Alberto Pérez Dayan, determinó que los permisos para la producción de la soya no pueden continuar hasta que se haga la referida consulta.

El abogado Jorge Fernández explicó que no se trata de una encuesta al vapor ni de un proceso sencillo, pues la consulta pública no solo conlleva preguntas sino información clara y honesta sobre las afectaciones que se produzcan en el medio ambiente, y que  debe ser presentada en los idiomas y dialectos de los pueblos.

“Hay toda una serie de mecanismo y metodología y es por eso que se dará vista a varias instancias de gobierno entre ellas la Comisión para los Pueblos Indígenas, para que se comience a trabajar en este procedimiento” agregó el litigante.

Impunidad ambiental

En 2011,  tres instancias especializadas, la Comisión Nacional para el Uso y Conocimiento de la Biodiversidad (Conabio), la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) y el Instituto Nacional de Ecología (INE) emitieron dictámenes en los que identificaron el daño tanto al agua, como a la flora y fauna que podría originar la siembra de transgénicos en Campeche y Yucatán.

Pese a lo anterior, Monsanto recibió los permisos oficiales de instancias como Semarnat y Sagarpa para iniciar la siembra y cosecha de la soya genéticamente modificada.

En 2012, tres jueces federales de Campeche y Yucatán concedieron distintos amparos a las comunidades, en los que se reconocía que hubo una violación no sólo por la  falta de consulta sino en el derecho que establece la Constitución para poder vivir en un medio ambiente sano.

Sin embargo, según lo explicado por el abogado Fernández, los ministros de la segunda Sala de la Corte dejaron de lado esta situación en el debate que  sostuvieron, y abordaron únicamente lo relacionado con la falta de consulta en las comunidades.

“Tenían que haberse tomado en consideración los dictámenes ambientales que había en el expediente y que no acataron las autoridades federales (…) nosotros consideramos que es una violación trascendental que tenía que haber analizado la Corte, sobretodo porque si lo vieron los jueces de distrito. Falta ver en engrose pero parece se run tema que no le entraron” dijo el abogado.

Consideró que aun cuando la Corte ha tenido resoluciones favorables hacia las comunidades indígenas como la del caso Monsanto, sigue quedando como pendiente el tema del derecho ambiental en varios expedientes.

Martínez Esponda, del Centro Mexicano de Derecho Ambientales, dijo que no es un dato  menor que las zonas mejor conservadas en temas ambientales del país son aquellas en las que precisamente habitan comunidades indígenas, por lo que cualquier intervención unilateral es de la mayor relevancia.

“Cuando el estado mexicano toma decisiones como las de este caso (Monsanto), es decir expedir un permiso para la siembra de soya transparencia sin medir lo que esto implica y las afectaciones que genera, violenta el paradigma de los derechos humanos pero también el patrimonio cultural y ambiental” dijo.

En ese contexto subrayó que esperarán para ver si en el documento final del amparo se considera el tema ambiental, luego de que en el debate no se hizo mención al mismo.

Aun con lo anterior, Martínez Esponda celebró el que se esté avanzando con estas sentencias a un Estado que reconoce los derechos de las comunidades indígenas y su entorno, sobretodo en vísperas de nuevos procesos que vienen como los relacionados con as actividades minera so de uso de agua también en áreas protegidas.

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