UIF puede intervenir en juicio contra colaboradores cercanos a Ruiz Esparza: juez
COMPARTIR
TEMAS
Aunque Ruiz Esparza falleció en abril pasado, el proceso legal en su contra continúa porque la investigación no solo incluye al ex secretario de Comunicaciones y Transportes, sino contra su entorno cercano por la presunta corrupción y el posible desvío de recursos
Ciudad de México.- La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) fue reconocida por un juez de control como coadyuvante y parte ofendida en el juicio que se sigue contra Gerardo Ruiz Esparza, quien fue titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) en la pasada administración, y sus colaboradores cercanos, informó este sábado esa oficina perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
De acuerdo con la decisión del impartidor de justicia, la dependencia a cargo de Santiago Nieto Castillo ahora se incorporará como demandante al litigio que se sigue en contra de los ex funcionarios que son acusados de operaciones con recursos de procedencia ilícita. La UIF puede aportar más elementos contra los acusados, además de intervenir con alegaciones y pedimentos como parte ofendida.
Aunque Ruiz Esparza falleció en abril pasado, el proceso legal en su contra continúa porque de acuerdo con Nieto Castillo la carpeta de investigación FED/FECC/UNAI-CDMX/0000002/2020 no solo incluye al ex secretario de Comunicaciones y Transportes, sino contra su entorno cercano por la presunta corrupción por favorecer a OHL en el Estado de México, así como con el posible desvío de recursos del Consejo de Promoción Turística de México (CPTM), entre otros.
Esparza Ruiz fue señalado directamente por directivos de la firma de haber proporcionado información confidencial para favorecer a esa empresa, que obtuvo muchos proyectos en la administración de Enrique Peña Nieto.
La UIF refirió que para gestionar su papel como coadyuvante y parte ofendida, la Dirección General de Procesos Legales de la unidad administrativa argumentó ante el juez que el acuerdo ministerial que en su momento le negaba la posibilidad de actuar bajo ese carácter, lo cual causaba agravios.
Agregó que con ello se restringía lo señalado en el artículo 20 Constitucional y limitaba las facultades de la oficina establecidas en el articulo 15 del Reglamento Interno de la SHCP, pues impedía dar seguimiento a la denuncia, coadyuvar con el ministerio publico e intervenir en el proceso de investigación penal.
El impartidor de justicia no solo reconoció a la UIF para poder intervenir en el proceso legal y aportar pruebas, sino que también consideró que la unidad es garante del sistema financiero nacional y titular del bien jurídico del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.