¿Elegir nuestra justicia con el voto popular?
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A finales del siglo 18 surgieron dos instrumentos jurídicos que fueron fundamentales en la estructura del Estado como lo conocemos actualmente. La Constitución de Estados Unidos de América (1787) y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789). Estas sirvieron como fuente de inspiración para múltiples constituciones durante varios siglos.
La separación de poderes es un principio esencial de los Estados democráticos. El artículo 16 de la Declaración francesa es muy tajante: “Una sociedad en la que no esté establecida la garantía de los Derechos, ni determinada la separación de poderes, carece de constitución”.
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Uno de estos es, evidentemente, el Poder Judicial. Dentro de sus características es preciso que se reconozca su independencia frente al poder Ejecutivo y Legislativo. Múltiples tratados internacionales la reconocen, por ejemplo: la Declaración Universal de DH (artículo 10), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 14), la Convención Americana sobre DH (artículo 8.1), el Convenio Europeo de DH en el artículo 6.1, y la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos en el artículo 7.
¿En qué consiste la independencia judicial? De manera individual se establecen garantías en el proceso de selección y nombramiento de jueces y juezas; la asignación de casos; las condiciones de trabajo; las reglas sobre ascenso y traslado; así como el régimen disciplinario y de separación del cargo. A nivel institucional, los otros poderes no pueden ni deben condicionar su funcionamiento ni el sentido de sus fallos.
Respecto a las garantías de selección y nombramiento, prácticamente todos los países occidentales establecen procedimientos especiales para hacerlo, pero en estos intervienen distintos actores. Solamente el caso boliviano establece que los jueces serán elegidos por voto popular. ¿Les suena esta propuesta? El Presidente de México lleva un par de meses hablando sobre implementarlo en nuestro país.
Tal parece que los presidentes latinoamericanos tienen una imperiosa necesidad de hacer berrinche cuando los poderes judiciales anulan una decisión, decreto o iniciativa de ley. Pero es que la labor judicial, especialmente en su faceta constitucional, tiene como objetivo proteger los valores y principios reconocidos en la carta magna, así como todos y cada uno de los derechos humanos de las personas.
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Ya desde que López Obrador tomó protesta como Presidente de México en 2018, se pudo ver que la relación con la Suprema Corte de Justicia no iba a ser sencilla. Los ataques y críticas suceden debido a distintos motivos: que si cobran mucho, que si son un bloque conservador, que si son un obstáculo para lograr la tan ansiada “cuarta transformación”.
En los últimos dos meses, con la contundente caída del Plan B de la reforma electoral (por violaciones al proceso legislativo), AMLO ha vuelto a la carga contra las y los ministros. Amaga con la futura presentación de una reforma constitucional para que, de manera progresiva, el pueblo elija mediante voto popular a quienes imparten justicia.
Incluso en una de sus más recientes declaraciones dejó entrever que cuando “eligió” a sus ministros, esperaba tener aliados, pero “que de los cuatro que propuso, dos a la primera se deslindaron y fueron a acomodarse al bloque conservador alegando que son independientes”. ¿Qué esperaba exactamente el Presidente del ministro Luis González Alcántara, y las ministras Yasmín Esquivel, Margarita Ríos y Loretta Ortiz? ¿Control absoluto sobre ellos?
Otro caso de disputa entre el Ejecutivo y el Judicial se vivió en El Salvador entre 2019 y 2021. Nayib Bukele, quien ha sido considerado como un presidente autoritario, inició una guerra de poderes apenas se hizo con el cargo. En 2020 irrumpió en el Congreso con fuerzas policiales y militares como medida de intimidación; en 2021, su partido logró la mayoría de los congresistas. Pocos meses después, los jueces constitucionales fueron destituidos en su totalidad.
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Por su parte, en Argentina, el presidente Alberto Fernández intentó promover un juicio político contra los cuatro jueces de la Corte Suprema de Justicia (en funciones; la quinta plaza está vacía) para destituirlos por un fallo en favor de la provincia de Buenos Aires, que gobierna uno de sus principales opositores. El rencor por la decisión no fue necesariamente por cuestiones de fondo, sino porque de manera paranoica consideró que la Corte se alineó con la oposición. Sin embargo, su propuesta no tuvo recorrido por no contar con mayoría en el Congreso.
Luego de revisar estos casos, nos damos cuenta de que México está en un punto medio, pero igual de peligroso. AMLO tiene mayoría en el Congreso, pero no mayoría calificada para reformar la constitución a placer; en ese sentido, su estrategia es propensa a fallar, como le sucedió a Alberto Fernández.
Entonces, ¿por qué AMLO quiere que los jueces se elijan de manera popular? Porque su índice de aprobación se acerca al 70 por ciento, según estadísticas de Oraculus. A Bukele lo respalda el 90 por ciento de su población; esto explica que tomar el Congreso y la Corte no hayan supuesto un problema para él.
No sé si realmente interesa el nombre de la persona que esté en la SCJN. Probablemente lo más importante para el Presidente sea que esté alineada al proyecto de la 4T. Sin embargo, como comenté al inicio de la columna, para que un Estado democrático funcione, el sistema de contrapesos es más que necesario. Un poder judicial fuerte e independiente no es aquel que funge como oposición a las mayorías o a los otros poderes del Estado; más bien, su fortaleza está en proteger la constitución y los derechos humanos de todas las personas, aun cuando la decisión no sea popular.
El autor es Auxiliar de Investigación del Centro de Estudios Constitucionales Comparados de la Academia Interamericana de Derechos Humanos
Este texto es parte del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA y la Academia IDH