Hombres también tendrán servicio de guardería para sus hijos

Nacional
/ 30 septiembre 2020

Por lo que los trabajadores asegurados, padre y madre, ahora deberán gozar de los mismos derechos que les brinda la seguridad social, entre otros, el servicio de guardería

MÉXICO.- Por unanimidad de 105 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó reformas a la Ley del Seguro Social para establecer que los padres trabajadores del Instituto Mexicano del Seguros Social (IMSS) tengan el mismo derecho que las madres de llevar a sus hijas e hijos a sus guarderías.

El servicio de guardería era restrictivo, ya que excluía como beneficios de la seguridad social a los varones, en el entendido que el cuidado de los hijos era responsabilidad exclusiva de las mujeres.

Por lo que los trabajadores asegurados, padre y madre, ahora deberán gozar de los mismos derechos que les brinda la seguridad social, entre otros, el servicio de guardería.

El documento del Senado destaca que no existe justificación objetiva para un trato diferenciado entre ambos sexos, pues si el varón laboralmente activo solo obtiene el servicio de una guardería para sus menores hijos en casos excepcionales, eso significa que la Ley del Seguro Social presupone que en el hogar del trabajador asegurado exclusivamente la madre de sus hijos tiene el deber de dedicarse de tiempo completo a su cuidado.

Esta práctica no favorece la corresponsabilidad de los padres en la atención de sus descendientes, ni fomenta la posibilidad de que la mujer comparta su tiempo en otras actividades productivas y mucho menos, atiende a las necesidades de los menores en su sano desarrollo.

El Pleno del Senado las reformas a los artículos 201, primer párrafo, y 205, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social, para que todas las personas trabajadoras aseguradas tengan derecho a los servicios de guardería para sus hijas e hijos, durante las horas de su jornada de trabajo, en la forma y términos en esta Ley y en el reglamento relativo.

Por su parte, el IMSS deberá ejercer las atribuciones y obligaciones derivadas del presente Decreto de manera que, con sujeción a las disponibilidades presupuestales, se realice una incorporación gradual de los derechohabientes a los servicios que se establecen en el mismo, elaborando previamente un programa piloto para medir los impactos de éste en los servicios y operación del Instituto.

Al fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión de Seguridad Social, la senadora Nadia Navarro Acevedo destacó el objetivo de corregir la discriminación histórica contenida en la Ley, pues estaba confiriendo, de manera obligada, el cuidado de las hijas y los hijos a las madres.

Por la Comisión de Estudios Legislativos, Primera, la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón dijo que los beneficios sociales de esta reforma garantizan el aprovechamiento de las guarderías para hombres y mujeres, así como para sus hijos e hijas, es decir, que el Estado reconozca que la responsabilidad del cuidado corresponde al padre y a la madre por igual.

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