Saltillo: el caso del ‘Sombrerero Loco’, ¿tiene implicaciones legales?

Coahuila
/ 30 octubre 2023

En las últimas horas se ha vuelto viral un video en el cual el usuario de TikTok, “cenariuscosplay”, denuncia haber ganado un concurso de disfraces que, con motivo de Halloween se llevó a cabo el fin de semana anterior, en un bar del norte de Saltillo, pero no le entregaron el premio.

El usuario, quien en sus perfiles de redes sociales se identifica como “cosplayer” y alguien a quien “le encanta hacer cosplay (e) ir a convenciones”, ha publicado videos y fotografías en las cuales aparece una impresión que le fue entregada por los organizadores del concurso y que describe el premio ofrecido.

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Quiero reportar al antro ya que el día... sábado, 28 de octubre, participé en el concurso de disfraces y gané el primer lugar. Como pueden observar, la situación estuvo así: $7,500 en EFECTIVO y $7,500 en consumo por lo que al momento de ir por mi premio el gerente general... me negó el premio por la situación de que no tenía mesa reservada ni consumí alcohol por lo que me querían dar solamente $500”, publicó el cosplayer en su cuenta de Facebook.

La publicación es acompañada de una fotografía en la cual aparece el cartel que describe el premio: “Concurso de disfraces. Primer lugar. $15 mil. Quince mil pesos. 50% efectivo - 50% consumo”.

¿Qué dice la Ley?

Aunque pueda parecer extraño, este tipo de actividades se encuentran reguladas en la Ley. En específico, los apartados “De la promesa de recompensa” y “Del concurso con promesa de recompensa”, que abarca los artículos del 1999 al 2006, del Código Civil de Coahuila, contienen las reglas para dirimir controversias de este tipo.

El artículo 1999 señala que, “El que por anuncios u ofrecimientos hechos al público se compromete a alguna prestación por vía de recompensa, en favor de quien llene determinada condición o desempeñe cierto servicio, contrae la obligación de cumplir lo prometido”.

Por su parte, el artículo 2000 prevé que “quien ejecutare el servicio pedido o llenare la condición a que se refiere el artículo anterior, podrá exigir la recompensa ofrecida”.

Incluso el artículo 2006 prevé lo relativo a la designación de jurados o jueces para los concursos con recompensa y reserva ese derecho para quien organiza el concurso.

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¿Se cumplen las reglas en este caso?

Con la información que se ha difundido es posible identificar esta actividad como una que encuadra en el supuesto legal de “concurso con promesa de recompensa”, toda vez que se difundió una convocatoria, se ofreció una recompensa para los tres primeros lugares del concurso y la actividad se desarrolló en la fecha y lugar acordados.

No está claro cómo se definió a los ganadores, pero todo indica que los organizadores ejercieron su derecho a tomar esa decisión y que aceptaron el veredicto de quienes hayan calificado el concurso.

@cenariuscosplay Pruebas de que gané el primer lugar en rovie y no me dieron el premio gracias a todas las personas que me apoyan y me mandan las pruebas #destacame #mexico #fyp #fypシ #parati #madhatter #concursodedisfraces #fraude ♬ sonido original - Cenariuscosplay

Por esta razón, el premio tuvo que ser entregado tal y como se establece en los carteles promocionales: la mitad en efectivo y la otra mitad en vales o cupones de consumo en el propio local.

¿Y las ‘restricciones’?

Algunas personas han opinado en redes sociales que la leyenda “aplican restricciones”, que aparece en el cartel promocional del evento y fue publicado en la página de Facebook del establecimiento, es suficiente para que los organizadores puedan negarse a entregar el premio.

En efecto, los organizadores pueden -y en algunos casos deben- establecer restricciones al concurso. Por ejemplo: están obligados a no admitir menores de edad y esa debe ser una restricción. O pueden decidir que no se admiten disfraces sexualmente explícitos o que denigren a un grupo étnico.

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Sin embargo, las “restricciones” a las cuales podría encontrarse sujeto el concurso tuvieron que ser publicadas con anterioridad, de la misma forma como se difundió la convocatoria. No existe en la legislación mexicana un “set genérico de restricciones” susceptible de aplicarse a concursos de este tipo a capricho de los organizadores.

¿Puede controvertirse legalmente el caso?

Sí, y el quejoso tiene más de una vía para hacerlo:

Puede acudir a la Profeco para solicitar la intervención de esta dependencia y que, mediante un procedimiento de conciliación, se resuelva el caso. Este servicio está disponible vía electrónica.

También puede acudir al Centro de Medios Alternos de Solución de Controversias, del Poder Judicial de Coahuila, y solicitar que su caso sea resuelto mediante un procedimiento de mediación o conciliación.

Finalmente podría interponer una demanda de carácter civil y pedir que un juez resuelva el caso. Esta última opción, sin embargo, implica una serie de costos que podrían llevar a que el premio no solamente se diluya sino que resulte insuficiente para cubrirlos, además de ser un proceso tardado.

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