Aligeran carga para promover el plebiscito y el referendo

Saltillo
/ 21 marzo 2019

Los diputados locales aprobaron por unanimidad un dictamen para la modificación de la Ley de Participación Ciudadana del Estado

Para facilitar la participación democrática de los ciudadanos, el Congreso del Estado resolvió disminuir del tres al dos por ciento el mínimo requerido del número de ciudadanos registrados en la lista nominal para promover el plebiscito y el referendo, herramientas que permiten cuestionar las decisiones del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y de los Ayuntamientos.

Los diputados locales aprobaron por unanimidad un dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia para la modificación de la Ley de Participación Ciudadana del Estado.

 “Estimamos de suma importancia emitir una norma que respete el justo balance entre la promoción de la participación ciudadana y la representatividad democrática, por lo que tomando en consideración las condiciones demográficas y de cartografía electoral, estimamos necesario disminuir el porcentaje del tres al dos por ciento, lo cual representa una disminución de 20 mil electores inscritos en la lista nominal.

Por lo tanto, ayer el Congreso local acordó modificar los artículos 25 y 33 del citado ordenamiento, para disminuir el porcentaje de ciudadanos requeridos para promover el plebiscito estatal, para cuestionar los decretos del Gobierno del Estado y el referendo, para hacer lo propio con las decisiones del Congreso del Estado.

Ambas figuras de participación ciudadana podrán ser propuestos por “el dos por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del estado, quienes deberán anexar a su solicitud una relación con sus nombres, firmas y claves de su credencial de elector”, según queda estipulado en los artículos 25 y 33.

EN CLARO

En el caso del plebiscito estatal, los ciudadanos podrán cuestionar las decisiones del Poder Ejecutivo, mientras que en el caso del referendo, pueden aprobar o rechazar las leyes o decretos del Poder Legislativo.

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