Proponen desligar Tribunal Electoral de Coahuila del Poder Judicial

Saltillo
/ 1 junio 2016

“El Tribunal Electoral será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia, gozando de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independencia en sus decisiones."

Como una nueva propuesta a incluirse dentro de la reforma electoral que el Congreso del Estado ejecutará durante junio, ayer el diputado Sergio Garza, del partido Unidad Democrática de Coahuila, presentó una iniciativa en la que propone que el Tribunal Electoral de Coahuila se desprenda del Poder Judicial y tenga autonomía.

El legislador presentó ayer su propuesta en sesión ordinaria, en la cual propone modificar el artículo 27 de la Constitución Política de Coahuila, mismo que actualmente señala que el Tribunal Electoral será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y será un órgano especializado del Poder Judicial.

“Ello resulta contradictorio con la reforma político-electoral nacional, que señala que los tribunales electorales locales ya no estarán adscritos ni dependerán del Poder Judicial de las entidades federativas, convirtiéndose en órganos con autonomía técnica”, comentó Garza Castillo en la exposición de motivos de su iniciativa.

Por ello, la propuesta consiste en que, en materia de justicia electoral, el Tribunal local se desprenda del Poder Judicial de Coahuila y sea totalmente autónomo. Se espera que la iniciativa sea tomada en cuenta en la reforma político-electoral que ya preparan los legisladores de Coahuila.

“El Tribunal Electoral será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia, gozando de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independencia en sus decisiones. Debiendo cumplir sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidad y probidad”, es la redacción que se propone para que así quede el artículo 27 de la Constitución local.

La propuesta que presenta el legislador local ya está contemplada en la reforma electoral nacional, donde están las reglas y estructura en la organización, vigilancia y desarrollo de las elecciones, entre otros temas. En el artículo 105 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se toca el tema de los tribunales locales.

“Los tribunales electorales locales gozarán de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independencia en sus decisiones. Deberán cumplir sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidad y probidad. No estarán adscritos a los poderes judiciales de los estados”, dice textualmente el ordenamiento.

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