TSJ recibe oficio del Cabildo de General Cepeda para pronunciarse sobre las corridas de toros
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La tarde del martes, el Tribunal Superior de Justicia recibió el oficio del Cabildo de General Cepeda, en el que solicitan al Poder Judicial pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma que prohíbe las corridas de toros, a la usanza española y portuguesa, ante la petición de toreros, novilleros, empresarios taurinos y aficionados a la fiesta brava, que piden autorización para celebrar una corrida en aquel municipio.
Miguel Mery Ayup, presidente del TSJ, informó que este miércoles iniciarían con el análisis del documento para proceder conforme correspon-da a derecho, de acuerdo con la Ley de Justicia Constitucional Local para el Estado de Coahuila.
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Por ahora, el Artículo 20 de la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales prohíbe las corridas de toros, novillos, becerros o vaquillas y los rejoneos; el entrenamiento de seres sintientes para su utilización en este tipo de espectáculos, así como las tientas. Los regidores de General Cepeda piden que los magistrados aclaren si la norma es válida o viola la libertad, la garantía de acceso a la cultura y el principio de progresividad, dado que la norma es contraria a derechos ya adquiridos con anterioridad.
“Déjenme analizar el documento, luego les doy mi declaración, no conozco el documento, lo acaban de presentar, lo voy a analizar. La Ley prevé que se turne, según el Artículo 69, a un magistrado que será el ponente que presentará al Pleno la propuesta con relación a si se aplica o no, en principio, dependiendo de lo que se esté pidiendo”, expuso Mery Ayup.
“Luego, ya resuelve el Pleno entero. Lo analizamos y ya les daré mi declaración correspondiente, con respecto al procedimiento y se irá viendo, en dado caso de que se admita, la resolución que se dicte”.
Mery Ayup señaló que es el primer caso que se atiende en este sentido, por lo menos durante su presidencia, es decir, que un Cabildo solicite al Tribunal pronunciarse sobre la constitucionalidad o validez de una norma, para tomar una decisión a nivel municipal.
Los regidores cuestionan la proporcionalidad de la norma, pues en el ruedo se sacrifican unos pocos ejemplares, mientras que una gran cantidad son criados por los ganaderos que escogen a los mejores para celebrar una lidia, lo que garantiza el cuidado y la conservación de la especie, de manera que los toros mueren de forma natural, por la edad, por la disputa del terreno y liderazgo de la manda.
Advierten que prohibir la fiesta brava implica erradicar las corridas y la desaparición del toro de lidia como especie, puesto que no tiene otra utilidad. Además, vulnera la libertad, la capacidad de elegir y actuar de manera crítica y restringirla mediante prohibiciones atenta contra el derecho a la libre determinación, y plantean que la tauromaquia debe reconocerse como bien de interés cultural coahuilense y de trascendencia económica.
El fallo del TSJ deberá emitirse en máximo 30 días, contados a partir del día en que se recibió el oficio del Cabildo.