CDMX: ‘prisión automática, no para cualquier delito fiscal’

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Dinero
/ 28 noviembre 2022

CDMX.- La vía penal debe estar reservada para delitos comparativamente más graves en materia tributaria, consideró el catedrático español, César García Novoa.

En entrevista con durante su visita a México, habló sobre las implicaciones de la reforma penal fiscal a la que dio reversa la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Se trata de la reforma que aprobó el Congreso de la Unión a principios de la presente administración para aplicar la prisión preventiva en automático a factureros y evasores por medio del outsourcing, al equiparar esos delitos con la delincuencia organizada, por representar un peligro para la seguridad nacional.

También comentó sobre las experiencias en otros países para enfrentar ese tipo de defraudación fiscal.

Dijo que no es constitucional extender esta medida cautelar para cualquier comportamiento defraudatorio, porque deber ser la última razón, el último instrumento.

“El tipo penal debe estar reservado para conductas más graves”, reiteró.

Antes de la reforma penal fiscal que entró en vigor a partir del 1 de enero de 2020 en México, sólo ameritaban prisión preventiva oficiosa o en automático los delitos por homicidio doloso, genocidio, violación, traición a la patria, espionaje, terrorismo y sabotaje. También la corrupción, el tráfico de menores y delitos contra la salud.

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