AMLO rechaza reforma a créditos de nómina, la vetaría si la avala el Senado

Noticias
/ 18 marzo 2022

Esta iniciativa facultaría a instituciones financieras que otorguen créditos a trabajadores a podrán cobrarse directamente de su sueldo, con la completa anuencia de los empresarios y patrones

El presidente Andrés Manuel López Obrador anticipó que, de avalarse en el Senado, vetará la reforma, que ayer se aprobó en la Cámara de Diputados, y que incluye en la ley el concepto de “cobranza delegada”, donde los empleados pueden facultar a sus patrones el pago de los créditos de nómina que están ligados a sus salarios.

Aunque esta reforma aún tiene que ser analizada por la Cámara de Senadores, el mandatario federal dijo no estar de acuerdo con lo propuesto debido a que no se debe tocar el salario de los trabajadores pues representa el sustento para sus familias.

“No estoy de acuerdo con esa reforma, no creo que deba de embargarse el salario de los trabajadores bajo ninguna circunstancia, el salario es sagrado y lo que permite el sustento de las familias y no se puede utilizar la nómina, apropiarse de la nómina del trabajador, ningún banco debe hacerlo y el gobierno no debe prestarse a hacerlo”, dijo el jefe del Ejecutivo federal desde Minatitlán, Veracruz.

Más para leer: “Cobranza delegada” o reforma a créditos de nómina, viola la Constitución y la LFT

“Ojalá y los senadores la revisen bien, los legisladores, muchas veces, esa era la costumbre, no se leían bien las iniciativas y algunos podían pensar que era algo benéfico para los trabajadores”, indicó.

El dictamen -que reforma tres diferentes leyes- señala que una vez de haber obtenido el crédito, el empleado deberá autorizar a su entidad empleadora a descontar de nómina mensual o quincenal una suma determinada para realizar pagos parciales y periódicos o el pago total de su préstamo ante la entidad financiera.

Se menciona que cuando el empleado otorga la libranza (que es el permiso para que le hagan los descuentos desde su nómina), ésta será irrevocable, “por lo que no podrá cancelarla ni disponer de sus recursos por el monto adeudado conforme al contrato de crédito de nómina con cobranza delegada celebrado hasta el momento de la liquidación total del crédito”.

Con información de La Jornada

COMENTARIOS

Selección de los editores