Desaparecen a los Órganos Autónomos, pero los dejan en 70 leyes y códigos

México
/ 20 enero 2025

300 artículos deben ser modificados para cumplir con la extinción de órganos autónomos

Tras la aprobación de la reforma en materia de simplificación orgánica, el Congreso de la Unión olvidó modificar decenas de leyes, reglamentos, así como códigos nacionales, penales y civiles en los que todavía hay obligaciones legales para el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Comisión Reguladora de Energía (CRE), la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), y la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (Mejoredu).

En la reforma se estableció que “el presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, por lo que desde el pasado 20 de diciembre 2024, los autónomos no existen constitucionalmente, pero en las leyes, sus funciones no se extinguieron.

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Y a pesar de que en los artículos transitorios se establece que dichos entes siguen en funciones en tanto no se avalen las leyes secundarias, los derechos de millones de ciudadanos, trabajadores del sector público y privado, patrones, así como empresarios, están en vilo, pues no se sabe ante qué nuevos órganos deberán ampararse.

Las leyes siguen ordenando, por ejemplo, que el acceso a la información de “datos sensibles” como un expediente clínico se debe solicitar al Inai; que la solicitud de un título o prórroga de concesiones en materia de telecomunicaciones o radiodifusión, se hará ante el IFT; y que las prácticas monopólicas en la venta de bienes y servicio se denunciarán ante la Cofece y solo será esta la que podrá investigar y sancionar.

También, que los programas de apoyos para brindar energía eléctrica a precios asequibles en zonas rurales y zonas urbanas marginadas pasarán por la opinión técnica de la CRE; que la CNH apoyará técnicamente para aprobar asignaciones en materia de exploración y explotación petrolera, y que los recursos para la infraestructura social que el gobierno federal le otorga a las entidades se designará conforme al promedio nacional de las carencias de la población en pobreza extrema que determine en Coneval, entre otras cosas.

De acuerdo con el análisis realizado por EL UNIVERSAL, el Congreso deberá modificar al menos 300 artículos de mandatos como la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y Responsabilidades Administrativas; la Ley General de Archivos; la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; la Ley Federal de Competencia Económica; el Código Penal Federal; el Código Fiscal de la Federación; el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares; la Ley de Aviación Civil; la Ley de Hidrocarburos; la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y la Ley de Instituciones de crédito, entre otras.

Son cuando menos 70 leyes, dos reglamentos, y siete códigos detectados por El Gran Diario de México, en los que los entes autónomos recién extintos siguen teniendo responsabilidades.

El constitucionalista de la UNAM, Francisco Burgoa, recordó que el plazo para aprobar las leyes secundarias de la Cofece y el IFT es de 180 días, mientras que para el resto de los órganos autónomos es de 90 días.

Consideró que por lo anterior “todavía no entramos a un tema de inseguridad jurídica”, pero advirtió que sí existe el riesgo de que haya desacato, lo que desembocaría en una crisis constitucional.

”En este momento todavía no incumple el Congreso, tienen muchísimo trabajo pero deben cumplir con los plazos porque son plazos que ellos mismos se establecieron, de no ser así podemos ubicarnos en una crisis constitucional, en una crisis de falta de mecanismos de protección de derechos humanos porque al desaparecer todos estos órganos constitucionales autónomos sin que exista la claridad de cuáles van a ser los nuevos mecanismos alternativos que en su caso van a sustituir al Inai, entonces se requiere totalmente un marco jurídico para que quede perfectamente claro cómo se van a proteger todos los derechos humanos. En el caso de la Cofece no existe la claridad de quién va finalmente a hacer las veces de Cofece que es nuestro organismo antimonopolio, entonces el hecho de que no se tenga totalmente claro cuál va a ser el nuevo marco jurídico va a poner en total riesgo la libre competencia y los derechos de los consumidores y también de los empresarios”, indicó.

Pese a ello, consideró que en caso de que se venzan los plazos, “me parece que el artículo quinto transitorio podría evitar esta incertidumbre jurídica, porque ahí dice que hasta que no entren en vigor todas estas legislaciones secundarias, se debe de entender que los órganos constitucionales autónomos seguirán vigentes”.Por su parte, el politólogo Sebastián Godínez dijo que la reforma en materia de simplificación orgánica se aprobó “sin técnica legislativa”, y advirtió que los riesgos de que haya un vacío legal en tanto no se avalen las leyes secundarias, “son consecuencia de aprobar las cosas al vapor y sin análisis”.

”Son las consecuencias de no haber hecho un proceso legislativo técnico, son las consecuencias de no tener una buena técnica legislativa y no hacer un diagnóstico técnico-analítico desde la academia, desde el derecho, desde las ciencias sociales para hacer esta simplificación administrativa. Debe de haber una homologación de reglas, de reglamentos, y eso es algo que lleva mucho tiempo. No es así como lo está haciendo el Congreso, y esto pone en riesgo y pone en vilo a millones de personas, desde trabajadores, ciudadanos, el sector empresarial, pero también hay incertidumbre en el comercio internacional que no saben el devenir y cómo va a quedar la ley dentro de este aspecto del manejo del comercio, la competencia y la competitividad”.

Otra obligación plasmada en la ley es la que se observa en el artículo 27 de la Ley General de Partidos Políticos, en la que se establece que cualquier ciudadano tiene derecho de acceder a la información de los partidos políticos, pero si el partido se niega a entregarla, se deberá acudir ante el Inai.

El artículo 23 de la Ley General de Educación ordena a la extinta Mejoredu coadyuvar en la creación de los planes y programas de estudio de educación preescolar, primaria, secundaria, y educación normal, creadas por la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Además, el artículo 74 de la misma norma, señala que la SEP promoverá la cultura de la paz y no violencia, y para ello, Mejoredu debe realizar estudios, investigaciones, informes y diagnósticos “que permitan conocer las causas y la incidencia del fenómeno de violencia o maltrato entre escolares en cualquier tipo, ya sea psicológica, física o cibernética, así como su impacto en el entorno escolar en la deserción de los centros educativos, en el desempeño académico de los educandos, en sus vínculos familiares y comunitarios y el desarrollo integral de todas sus potencialidades, así como las medidas para atender dicha problemática”.

Otras leyes que deberán modificarse son la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, la Ley General de Mejora Regulatoria, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, la Ley Federal de Derechos, la Ley de Amparo, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley de Aeropuertos, y la Ley de Asociaciones Público Privadas.

A la lista de modificaciones que deben realizarse se suman la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, la Ley Aduanera, la Ley de Infraestructura de la Calidad, la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, y la Ley de Coordinación Fiscal, entre otras.

Decisiones a medias

Los derechos de millones de ciudadanos, así como de patrones y empresarios, están en vilo.

* 300 artículos deben ser modificados para cumplir con la extinción de órganos autónomos.

* 90 días al menos tienen los organismos para aprobar leyes secundarias.

* 180 días requiere la Cofece y el IFT para aprobar las leyes secundarías.

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