SAT: Más de 6 mil migrantes tramitaron su RFC
Las oficinas del órgano administrativo informaron de atención prioritaria a migrantes
En un periodo de tiempo desde febrero de 2022 hasta el 15 de diciembre de 2023, 6 mil 636 migrantes tramitaron su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en México como personas físicas, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Según se informa, esto es parte de una implementación de mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno.
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A través de un comunicado de prensa, el SAT, explicó que las personas migrantes pueden realizar diversos trámites, de los cuales la inscripción de personas físicas concentra 98% del total de atenciones”.
¿QUÉ NECESITAN LAS PERSONAS MIGRANTES PARA REALIZAR TRÁMITES EN EL SAT?
Como a todo ciudadano mexicano, se les pide acudir a cualquier oficina con una cita previa. Para esto, deberán entrar al sitio citas.sat.gob.mx.
En caso de ser extranjero con estancia temporal o permanente, se requiere el documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM). De esta forma podrán acreditar su estancia en el territorio nacional.
También se pueden presentar las siguientes identificaciones oficiales:
- Tarjeta de residente permanente o temporal
- Tarjeta de visitante por razones humanitarias
- Tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas
- Tarjeta de visitante trabajador fronterizo
- Tarjeta de residente/estudiante temporal
- Comprobante del actual domicilio (con antigüedad no mayor a cuatro meses)
- Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía. Este documento se tramita en las oficinas del INM.
Por otro lado, si se trata de un extranjero con calidad de refugiado, se pide lo siguiente:
- CURP temporal con fotografía. Éste se tramita ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) y en el INM.
- Documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por Comar.
- Comprobante de domicilio del lugar de residencia, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
Para personas de nacionalidad mexicana repatriados, se pedirá:
- CURP temporal con fotografía.
- Comprobante de domicilio.
- Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral.
Si eres mexicano y estás de regreso en el territorio nacional:
- CURP permanente. Este documento se deberá tramitar en el Registro Civil o ante las oficinas consulares de México en el exterior.
- Acta de nacimiento o carta de naturalización original.
- Comprobante de domicilio.
- Credencial para votar desde el extranjero, emitida por el INE.
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Las personas extranjeras que no cuenten con autorización para desempeñar una actividad remunerada, pero requieren el RFC para otros fines. Pueden exhibir un escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos por los que requieren su inscripción en el RFC.