Suprema Corte suspende debate sobre la prisión preventiva oficiosa, lo retomarán el jueves
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El debate se retomará el próximo 24 de noviembre con tan solo cuatro de los ocho votos necesarios
Luego que en septiembre el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplazara la votación para acotar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa para su estudio, las y los ministros de la SCJN vuelven a suspender el debate para retomar la discusión el próximo 24 de noviembre, aún sin votación definitiva.
Hasta el momento, cuatro ministros han manifestado sus posturas con relación a la propuesta de Luis María Aguilar Morales sobre la acción inconstitucional para evitar que esta sea aplicada de manera automática, esto planteado en la reforma impulsada en noviembre de 2019 por el presidente Andrés Manuel López Obrador para adicionar tres delitos fiscales a la Ley de Seguridad Nacional y Ley Federal contra la Delincuencia Organizada: defraudación fiscal, contrabando y ‘factureros’.
Es decir, dichos delitos se agregan automáticamente al catálogo previsto en el artículo 19 de la Constitución, para aquellos que merecen prisión preventiva oficiosa, medida que se aplica para cuando el acusado permanezca en prisión hasta que se le dicte sentencia.
Aguilar Morales propone establecer una interpretación sobre la prisión preventiva oficiosa y que los jueces dejen de aplicarla en automático, si no que exista un debate entre el ministro público y la defensa sobre la necesidad del imputado en permanecer privado de su libertad mientras que lleve a cabo el proceso.
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El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá ha sido el único que ha apoyado esta propuesta, hasta ahora. Mientras que Yasmín Esquivel Mossa y Alberto Pérez Dayán se han pronunciado en contra; por otra parte, Jorge Mario Pardo Rebolledo consideró que la SCJN ni siquier debería emitir criterio sobre el tema, ya que no fue planteado en las acciones de inconstitucionalidad.
El ministro también planteo la invalidez de la reforma que adiciones los delitos fiscales a la Ley de Seguridad Nacional y de Delincuencia Organizada, al considerar que no representan un riesgo a la seguridad nacional y tampoco se puede considerar como delincuencia organizada.
Aunado a que prevé declarar que el Congreso de la Unión no tiene facultad ilimitada para ampliar el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva; a favor de este punto se pronunciaron González Alcántara Carrancá, Pardo Rebolledo y Pérez Dayán, que con el voto de Aguilar Morales suman los primeros cuatro votos de los ocho necesarios para que la invalidez sea un hecho. Mientras que Esquivel Mossa anunció que su voto será en contra de la invalidez.