El dilema transparente
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“¿Salvas la vida de la madre o la vida del niño?”, es un dilema que aparece de cuando en cuando en hogares y hospitales, entre las parejas o entre el ginecólogo y su(s) clientes. Es también un debate abstracto, es decir descarnado de las circunstancias personales, existenciales, sociales y muchas veces morales. Un debate que ha sido reducido a un término: “aborto” y a una ley, que como toda ley tiene un castigo o un premio inherente de donde depende su fuerza y su poder.
Hay dos cristales para ver y valorar el proceso del aborto. Como un concepto meramente legal, una palabra codificada en la ley, que es definida por los legisladores de manera abstracta para que se pueda usar en todos los casos de todas las personas. Es letra impresa que define un orden tan abstracto como “vida humana”.
El otro cristal con que se observa, se juzga y se valora el proceso del aborto es el existencial que incluye todos los ingredientes que componen ese proceso que no es solamente humano, ni exclusivo domino de la ley sino de la conciencia y responsabilidad de los personajes que son afectados en sus vidas: el niño, la madre y el padre.
Lo opuesto al aborto es la concepción y desarrollo de la vida. Ambos suceden en muy poco tiempo, aunque ambos transforman a la mujer en madre, que no es solamente un oficio, sino algo que desde la concepción es inherente a su naturaleza humana y no solamente a los derechos que la ley le otorga bajo el régimen de propiedad. Una responsabilidad tan noble que es la fuente de la vida humana y que requiere el compromiso inapelable del esposo, de su comunidad familiar, educativa, social incluyendo la Suprema Corte de Justicia –cuya función no se reduce cómodamente a dirimir lo constitucional de lo inconstitucional, sino a cultivar un orden legal que cultive la vida y la existencia de los ciudadanos.
La “despenalización del aborto” que ha decretado la SCdeJ, es una determinación tan justa como la “prohibición de la pena de muerte”. Son dos casos tan complejos que pueden condenar y castigar injustamente a inocentes madres que abortan “sin saber lo que hacen” (y a su hijo presuntamente culpable de vivir con ella y de ella), o a asesinos que posteriormente se comprueba que no fueron culpables.
La resolución de la SCdeJ, implica el peligro de desdibujar el concepto de crimen y pecado que tiene nuestra sociedad acerca del aborto y hacer “popular” el recurso del aborto como una costumbre social “progresista” –que en psicopatología se llama “normalizar el daño mental”. Además, afortunadamente, implícitamente enseña que ni el castigo es educativo, ni la cárcel regenera o cuando menos alivia el sentimiento de culpa.
Finalmente en este debate moral y existencial, que afecta la conciencia y los límites de la libertad humana, los que afirman que el aborto es legal durante las doce semanas de la concepción, tienen la obligación de comprobar científica y filosóficamente que en esas 12 semanas ese ser vivo no tiene vida humana, ni es persona ni tiene derechos humanos... entonces ¿qué es?
Espero que nos digan “¿Qué es y no cómo lo llaman?” para anunciarles a las madres que hasta las doce semanas podrán sonreír de felicidad...