Cuando el poder se usa para hostigar
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En un avance de su próximo estreno, la película titulada “Bombshell”, que revela poco de los eventos reales en los que está basada, se puede observar una escena: tres mujeres intercambiando miradas tensas en un elevador de oficina en la espera de un diálogo por parte de alguna. Termina cuando dos de ellas salen del elevador y la tercera las observa mientras se alejan.
De las tres mujeres representadas, dos son figuras públicas: Gretchen Carlson y Megyn Kelly, periodistas de la cadena de televisión estadounidense Fox News durante los eventos en los que se basa la película. Carlson presentó una denuncia en julio de 2016 por acoso sexual en contra del presidente de dicha cadena de televisión, Roger Ailes.
Luego de que Carlson inició el proceso penal en contra de Ailes, más mujeres que habían trabajado con o para éste dieron a conocer sus experiencias de conductas sexuales no deseadas por su parte. Caso similar es el de Harvey Weinstein, quien enfrenta cargos por abuso sexual y violación por parte de varias mujeres que han trabajado en una industria de la que fue una de las figuras más poderosas durante más de tres décadas.
Sumamente importantes son estos casos referidos y aquellos que han sido altamente publicitados. Pero sólo representan un pequeño porcentaje de los casos que suceden a diario en incontables lugares de trabajo. Dicha conducta delictiva se disfraza en muchas ocasiones de “halagos” y “piropos”, y es reducida a algo inofensivo e inocente.
Según el Código Penal de Coahuila vigente, el delito de hostigamiento sexual se actualiza cuando nos encontramos ante los supuestos de ejercicio de poder: subordinación real respecto de la víctima, conducta sexual lasciva, daño psicológico que lesione la dignidad de la víctima, bien que la realización de estos se haga una o en varias ocasiones.
Por su parte, la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado indica que la violencia en el ámbito laboral y escolar daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de quien la resiente, impide su desarrollo y atenta contra la igualdad.
Aún con esto, frecuentemente nos encontramos ante un juicio que ocurre fuera de las salas penales, en el cual la víctima y su testimonio salen a la luz y son señalados. La lucha en contra y todo el repudio del hostigamiento que sufrió se etiqueta negativamente. Quien alza la voz es automáticamente denominada como problemática, mentirosa e incluso mentalmente inestable.
Se buscan muchas explicaciones para la situación, hasta que nos quedamos con una lamentable verdad: que incontables mujeres asisten con temor a sus lugares de trabajo diariamente. Sus comportamientos, forma de vestir y desempeño laboral sufren afectaciones como consecuencia del hostigamiento sexual. Entonces, ¿por qué nos cuesta tanto trabajo creer en alguien que ha manifestado ser víctima del delito de hostigamiento sexual?
Una respuesta se puede encontrar en la forma en que es cometido el delito. Cuando una persona en el ejercicio de poder en un lugar de trabajo lo comete, es común que aproveche los momentos en que se encuentra solo con la víctima o cuando no se pueda alcanzar a percibir sus conductas.
Por esto, disminuye considerablemente exigir que existan testigos presenciales que corroboren la existencia del delito. Así, al quedar en el dicho de la víctima la probabilidad de que los eventos “hayan ocurrido”, disminuye también la credibilidad que la sociedad le otorga. Esto, por supuesto, no justifica la increíble y reprobable opinión pública que se desata cuando se da a conocer un caso de esta naturaleza, pero podría explicarla.
Sobre los cuestionamientos de por qué es difícil para las víctimas acudir a las instituciones correspondientes para denunciar a su agresor, o por qué pasan años o décadas sin que una de las víctimas de un agresor en puesto de poder denuncie los actos de éste, puedo atreverme a contestar esta pregunta evocando casos que he conocido en mi experiencia laboral.
Es necesario, también, especificar que sería desatinado decir que solamente hay una razón por la que las víctimas no denuncian esos hechos. No obstante, puedo considerar como la razón más determinante al temor a sufrir un daño laboral, personal o de otro tipo que se puede recibir por parte de un superior jerárquico. Además de esto, el escrutinio y el juicio al que es sometida la víctima por parte de la sociedad, a veces iniciado por propios compañeros de trabajo, pueden parecer abrumadores.
Se han invocado varios fundamentos legales referentes a lo que comprende el hostigamiento sexual y existen otros. Pero en todo caso es responsabilidad de la sociedad que estemos informados y sensibilizados de una problemática que desafortunadamente es y ha sido normalizada, sin existir alguna consecuencia para quienes toman el poder que tienen y lo utilizan para provocar una afectación grave, y muchas veces ignorada, a su víctima.
El autor es asesor jurídico de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Coahuila
Este texto es parte del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA y la Academia IDH