Del pensar individual a la construcción de una democracia

Politicón
/ 24 junio 2020
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La libertad de expresión es el derecho humano mediante el cual se garantiza la libre circulación de las ideas, noticias y opiniones. Esto quiere decir que a través de este derecho se reconoce que todas las personas, en condiciones de igualdad, sin discriminación alguna, tengan la posibilidad de exteriorizar libremente sus pensamientos, reflexiones, opiniones y creencias, a través de palabras, gestos, signos o imágenes.

Es importante decir que este derecho no se ejerce únicamente al expresar las ideas propias, es decir, al hablar o escribir libremente. También se hace uso de esta libertad cuando se busca información, se accede a las ideas de otros o cuando se recibe información de cualquier índole.

Una característica relevante de la libertad de expresión es que tiene una dimensión doble: la individual y la colectiva o social. La primera faculta al individuo a exponer libremente sus propios pensamientos; la segunda se refiere al derecho que tiene la sociedad de conocer, buscar y recibir las opiniones ajenas.

En palabras de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): “Todo el potencial creativo en el arte, en la ciencia, en la tecnología, en la política, en fin, toda nuestra capacidad creadora individual y colectiva, depende, fundamentalmente, de que se respete y promueva el derecho a la libertad de expresión en todas sus dimensiones”.

Si se limita o restringe la dimensión individual, como consecuencia se afecta el derecho que tienen las demás personas de conocer todas las ideas que pudieran estar a su alcance, por la relación indisoluble entre ambas dimensiones, es decir, al garantizar una en automático se protege la otra.

Por ello, el Estado debe generar las condiciones necesarias para promover, respetar, garantizar y proteger el ejercicio de este derecho, de manera simultánea, en ambas dimensiones.

El respeto y protección del derecho a la libertad de expresión son importantes en los sistemas democráticos, porque es una condición para asumirnos como personas realmente libres, como lo ha establecido en reiteradas ocasiones el Sistema Interamericano al señalar que “la carencia de libertad de expresión es una causa que contribuye al irrespeto de los otros derechos humanos”.

Otra forma para comprender la trascendencia de este derecho es analizando las tres funciones que cumple en los sistemas democráticos.

La primera es referida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el documento “Marco Jurídico Interamericano sobre el Derecho a la Libertad de Expresión”, al señalar de forma casi literaria la importancia de este derecho como atributo del ser humano:
“Se trata de uno de los derechos individuales que de manera más clara refleja la virtud que acompaña –y caracteriza– a los seres humanos: la virtud única y preciosa de pensar al mundo desde nuestra propia perspectiva y de comunicarnos con los otros para construir, a través de un proceso deliberativo, no sólo el modelo de vida que cada uno tiene derecho a adoptar, sino el modelo de sociedad en el cual queremos vivir”.

Ejercer este derecho, pues, tiene la función de liberar el potencial de las personas, de manera individual y autónoma, para pensar, construir ideas y opiniones para contribuir a la visión colectiva del mundo.

La segunda función es la relativa a su papel como cimiento de la democracia. La Corte IDH, en su opinión consultiva OC-5/85, identifica a la libertad de expresión como la “piedra angular” de la democracia y señala que en los sistemas democráticos existe una relación estructural “estrecha, indisoluble, esencial y fundamental”, entre la primera y la segunda, siendo la libertad de expresión indispensable para la construcción y preservación de sociedades democráticas.

Si el Estado no garantiza la circulación y pluralidad de ideas, así como el acceso a la información; si no genera las condiciones óptimas para el desarrollo de un debate público, plural y abierto, pone en grave peligro la democracia.

Al respetarse el derecho a la libertad de expresión, se genera una opinión pública informada y abierta, se promueve la circulación de la información disponible; se crea un ambiente de tolerancia para la confrontación de ideas. 

Como consecuencia, todas las personas sin discriminación alguna pueden participar en la discusión de los asuntos públicos y temas de interés general, otorgándose una mayor protección, por su importancia, a aquellos mensajes que sean incómodos.

La tercera función es la instrumental, prevista en la jurisprudencia interamericana al señalar “la carencia de la libertad de expresión es una causa que ‘contribuye al irrespeto de los otros derechos humanos’ ”.

La libertad de expresión es, por tanto, una pieza clave para el ejercicio de otros derechos humanos; por ejemplo la igualdad, la libertad religiosa, la participación en asuntos públicos, los derechos políticos, la libertad de conciencia, entre otros.

karlagbriones@hotmail.com

 

Derechos humanos S. XXI
La libertad de expresión es una pieza clave para el ejercicio de otros derechos humanos

La autora es auxiliar del Centro de Educación Jurídica de la Academia IDH
Este texto es parte del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA y la Academia IDH

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