Coahuila: solo 0.25% de deudores alimentarios está registrado en lista negra del PJ

Coahuila
/ 23 marzo 2025

Se estima que 23 mil 320 madres solteras en Coahuila reciben apoyo económico de los padres de sus hijos

A pesar de que en Coahuila se estima que más de 93 mil madres solteras asumen solas los gastos de sus hijos, el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) del Poder Judicial del estado solo tiene 229 registros de personas que incumplen su obligación.

Según datos del INEGI, hay aproximadamente 116 mil 600 madres solteras en Coahuila, de las cuales solo el 20 por ciento recibe pensión alimenticia, es decir, unas 23 mil 320 mujeres reciben apoyo económico por parte de los padres de sus hijos y alrededor de 93 mil 200 madres absorben los gastos en su totalidad.

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El 22 de marzo de 2023, el Senado aprobó por unanimidad un dictamen para reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la pensión alimenticia en todo el país, con el objeto de concentrar la información de las personas deudoras alimentarias, a fin de dotar de una efectiva protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

De acuerdo con la Coordinación de Comunicación Social del Senado, 7 de cada 10 madres solteras no reciben pensión alimenticia, y solo una de cada 10 que demanda la pensión logra obtenerla. Esta reforma busca asegurar el derecho a los alimentos para uno de los sectores más vulnerables del país.

Cuando un niño no recibe pensión alimenticia, se enfrenta a graves riesgos, como dificultades económicas que afectan su acceso a necesidades básicas como alimentos, educación, salud y vivienda. Además, esto puede generar problemas emocionales, inseguridad y ansiedad, limitando sus oportunidades de desarrollo y aumentando el riesgo de caer en la pobreza, lo que impacta su bienestar a largo plazo.

Según datos del registro en Coahuila, Torreón lidera la lista de municipios con el mayor número de registros en el REDAM, con 118 casos, seguido de Monclova con 63. En contraste, Saltillo tiene solo 12 registros, Parras 5, la Región Carbonífera 4 y Acuña 2, mientras que otros municipios no están representados.

Aunque la mayoría de los deudores registrados son hombres, esta problemática no es exclusiva de su sexo, ya que al menos 22 mujeres figuran en la lista de deudores alimenticios.

Este registro existe en Coahuila desde el 2016, cuando se aprobó una reforma a la Ley para la Familia y se hizo público hasta el 2022, es decir, que en casi 10 años no se ha logrado registrar ni siquiera al 10 por ciento de los deudores que podría haber en el estado.

Según el Poder Judicial del estado, el registró de los deudores se puede hacer promoviendo en el juzgado donde se encuentre el asunto familiar que haya decretado los alimentos, ya sean provisionales o definitivos conforme a la Ley para la Familia del Estado.

Según el Artículo 308 de esta ley, se inscribirá a las personas que hayan dejado de cumplir sus obligaciones alimentarias de manera consecutiva o intermitentemente, ya sea en tres ocasiones en un periodo de tres meses, o, para el caso de las pensiones alimenticias que se deban cumplir de manera mensual, en tres ocasiones en un periodo de seis meses, decretadas por la autoridad judicial correspondiente.

La autoridad judicial, previa comprobación del incumplimiento de las obligaciones alimentarias antes mencionadas, ordenará la inscripción a la unidad administrativa del Poder Judicial encargada de tal efecto, previa valoración del caso, y a solicitud de parte, trabará embargo sobre bienes que considere suficientes para el cumplimiento de su deuda.

Además, según el Artículo 309, la autoridad judicial que ordene la inscripción en el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, solicitará al mismo tiempo al Registro Público la búsqueda de inscripciones de bienes a nombre del deudor alimentario moroso y, de existir, realizará la anotación preventiva de la orden judicial, sin que sea necesario nuevo requerimiento.

El Registro Público deberá informar a la autoridad judicial dentro de un plazo de 10 días hábiles si se encontraron bienes y si fue procedente la anotación, la cual surtirá efectos de embargo precautorio, con el fin de asegurar la pensión alimenticia de los menores.

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