¡Hurra por Víctor! Reconocen públicamente a hombre que regresó cartera perdida en Saltillo
De acuerdo al Código Civil Federal, es una obligación legal entregar a la autoridad municipal los muebles abandonados y perdidos cuyo dueño se ignore
Víctor Valdez es una de esas personas que mantienen la esperanza en la humanidad. Así lo comentaron usuarios en redes sociales, luego de que un saltillense contara su experiencia al perder su cartera y que ésta le fuera devuelta de forma intacta.
“El día de hoy por un descuido, perdí mi cartera en Walmart Reforma, y gracias a Dios hay gente buena”, comentó el usuario de nombre Carlos, quien decidió hacer un agradecimiento público.
El involucrado fue reconocido como Víctor Valdez: “es un ser humano fuera de serie. Eres un ángel mi estimado”, narró Carlos.
Al respecto, el saltillense que extravió su cartera en el establecimiento comercial ubicado en la capital coahuilense, concordó con la importancia de compartir historias como la suya, por la trascendencia social que tienen y porque no siempre se tiene la fortuna de recuperar lo perdido.
“Muchas gracias Víctor por encontrar mi cartera y regresarla. Dios te bendiga infinitamente.
En serio, es increíble lo que pasó. Gracias a Dios”, refirió Carlos.
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‘Somos más los buenos’; le responden
Tras contar lo ocurrido, decenas de personas se sumaron al reconocimiento hacia Víctor, externando que casos como estos deben ocurrir de manera frecuente. “Somos más buenos, gracias a Dios le irá muy bien”, señaló una ciudadana.
No es “querer” devolver los objetos, es una obligación
De acuerdo al Código Civil Federal, los bienes mostrencos son aquellos muebles abandonados y perdidos cuyo dueño se ignore.
Ante ello, existe un protocolo marcado como obligación legal delimitado en el Artículo 775, que señala que quien hallare una cosa perdida o abandonada, deberá entregarla dentro de tres días a la autoridad municipal del lugar o a la más cercana, si el hallazgo se verifica en despoblado.
Posteriormente, la autoridad dispondrá desde luego que la cosa hallada se tase por peritos, y la depositará, exigiendo formal y circunstanciado recibo, esto según al Artículo 776.
Por parte del municipio, el Artículo 777 indica que se fijarán avisos durante un mes, de diez en diez días, en los lugares públicos de la cabecera del municipio, anunciándose que al vencimiento del plazo se rematará la cosa si no se presenta el reclamante.