Tribunal Superior de Justicia de Coahuila determinará si prohibir corridas de toros es inconstitucional

Coahuila
/ 11 febrero 2024

El Cabildo de General Cepeda solicita al Tribunal Superior de Justicia pronunciarse sobre la constitucionalidad del Artículo 20 de la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales, que prohíbe corridas de toros en Coahuila

El Cabildo de General Cepeda solicita al Tribunal Superior de Justicia pronunciarse si la libertad, el acceso y garantía a la cultura, así como el principio de progresividad, son vulnerados o no por el Artículo 20 de la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales, que prohíbe las corridas de todos en Coahuila.

Con base en los artículos 69 y 70 de la Ley de Justicia Constitucional Local para el Estado de Coahuila, piden a Miguel Mery Ayup, presidente del TSJ, emita una resolución al respecto y con ello el Cabildo responda a la petición de toreros, empresarios y aficionados taurinos para autorizar una corrida de toros a la usanza portuguesa (sin sacrificar al toro).

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Vicente Salas Estrada “Novillero”, abogado y escritor, explicó que el Ayuntamiento lo que solicita, es que el Tribunal analice si la constitucionalidad de la norma, es decir, la prohibición de las corridas de toros, novillos, becerros o vaquillas y los rejoneos; el entrenamiento de seres sintientes para su utilización en este tipo de espectáculos, así como las tiendas, es legalmente válida.

El Cabildo, indicó, razonó desde la perspectiva del test de proporcionalidad en la prohibición absoluta de matar toros de lidia. Cuestionan la idoneidad de la medida, si es adecuada para proteger el bienestar animal y es efectiva para reducir o eliminar el sufrimiento y crueldad hacia los toros, y señalan que la respuesta es negativa, dado que el sacrificio de los pocos especímenes que tienen las condiciones de lidia permite que la mayoría de los miembros subsista y muera en el campo de forma natural, por edad o por la disputa del terreno y liderazgo de la manada.

También determinan que la medida es innecesaria, pues la población que muere en la plaza es muy pequeña, los toros después de la lidia deben ser sacrificados, pero una gran cantidad de ellos vivirán y serán cuidados en el campo para aportar a la biodiversidad donde pastorean, lo que mejora el suelo y detiene la desertificación.

Los regidores, señaló “Novillero” quien solicitó autorización para una corrida a la portuguesa en General Cepeda, cuestionan la proporcionalidad de la medida, pues se impone una carga excesiva sobre los afectados con la prohibición, como son toreros, miembros de cuadrillas, aficionados prácticos, empresas taurinas, aficionados y todos quienes obtienen ingresos alrededor de la tauromaquia.

Asimismo, advierten que la prohibición implica erradicar las corridas y la desaparición del toro de lidia como especie, puesto que no tienen otra utilidad.

Salas Estrada manifestó que el derecho y libertad para el ejercicio de la tauromaquia estaban vigentes antes de la prohibición, y conforme a la Constitución Mexicana, los derechos deben ser progresivos, no regresivos.

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“Consideran que es inconstitucional la norma que prohíbe las corridas de todos y ante la duda de aplicarla o no, hacen valer el procedimiento que establece la Ley de Justicia Constitucional Local para el Estado de Coahuila, que señala que cuando una autoridad judicial o administrativa, como es el Municipio, tenga duda de aplicar o inaplicar una norma que consideren inconstitucional, pueden remitir una solicitud para que sea resuelta por presidente del TSJ, a través del Pleno en 30 días”.

TAUROMAQUIA DEBE RECONOCERSE COMO BIEN CULTURAL: CABILDO

Los integrantes del Cabildo establecieron que “la prohibición total vulnera la libertad, ya que esta va más allá de simplemente cumplir normas legales. La libertad implica la capacidad de elegir y actuar de manera consciente y crítica, y restringirla mediante prohibiciones puede tener consecuencias negativas para la convivencia y el derecho de la libre determinación”.

“Sobre todo, respecto de quienes ya habían elegido como forma de vida el ejercicio práctico o la afición a la tauromaquia o la explotación pecuaria de reses bravas. Esto último también compromete el principio de progresividad”.

Refieren que es inconcebible que las ferias de San Buenaventura y Torreón se realicen sin lidia de toros; que en Saltillo se encuentre el Museo Taurino; que en diferentes ciudades varias calles lleven el nombre de figuras taurinas; y que el estado haya sido cuna de Fermín Espinosa “Armillita”, Juan Espinosa, Arturo Gilio y Vicente Arellano, entre otros toreros de renombre mundial, y, por otro lado, se prohíba el espectáculo de la fiesta brava.

Por ello, consideran que a la tauromaquia “se le debe reconocer como bien de interés cultural coahuilense y de trascendencia económica y empresarial”.

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