SAT tendrá que revelar nombres de quienes tienen cancelados créditos fiscales

Dinero
/ 25 abril 2014

Un particular solicitó la lista de quienes hayan sido sujeto de las 50 mayores cancelaciones de créditos fiscales en el periodo de 2006 a 2013

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá dar a conocer el nombre, denominación o razón social, así como el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de quienes hayan sido sujetos de cancelación de créditos fiscales de 2006 a la fecha.

Un particular solicitó la lista de quienes hayan sido sujeto de las 50 mayores cancelaciones de créditos fiscales en el periodo de 2006 a 2013, desglosando el nombre, año y monto, se informó a través de un comunicado.

En respuesta, el SAT indicó que la información estaba reservada con fundamento en las fracciones I y II del artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), en relación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF); así como por lo dispuesto en la fracción VII del numeral 2 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente (LFDC).

El sujeto obligado agregó que los datos fueron obtenidos en virtud de los trámites que realiza en materia fiscal; por lo que, a su juicio, se encuentra obligado a guardar absoluta reserva por el secreto fiscal.

Paralelamente, el SAT señaló que con la entrega de la información se actualizaría una afectación a la confidencialidad de los contribuyentes involucrados; quienes, con motivo de lo dispuesto por la LFDC, tienen derecho a la reserva de la información que entreguen a la autoridad.

El SAT señaló que los nombres o razones sociales de las personas deben considerarse un dato personal que debe ser protegido. Agregó que su divulgación pondría en riesgo los compromisos adquiridos por el Estado mexicano en materia fiscal, respecto del trato confidencial de la información que intercambian los países contratantes.

A pesar de lo anterior, como parte de su respuesta y en atención al principio de máxima publicidad, el sujeto obligado precisó cómo se podría consultar alguna información en su página de internet, sobre los montos de créditos fiscales cancelados en el periodo de 2007 a 2010.

Inconforme con la respuesta, el particular presentó un recurso de revisión ante el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). El asunto fue turnado al comisionado presidente, Gerardo Laveaga

Durante la sustanciación del asunto, mediante sus alegatos, el SAT reiteró la reserva de la información solicitada.

En el análisis del caso, Laveaga señaló que aunque él siempre se ajustó a la prohibición del artículo 69 del CFF, éste fue reformado y, a partir del 1 de enero de 2014, el nombre, denominación o razón social y RFC de contribuyentes con créditos cancelados no actualiza el secreto fiscal. Esto, sin embargo, agregó el ponente, no ocurre con los montos, que siguen clasificados de conformidad con lo dispuesto por el propio CFF.

Asimismo, el comisionado presidente se percató que, en su página de internet, el SAT ha señalado que la información publicada sobre cancelaciones de créditos fiscales sólo versa sobre aquellos que actualicen la excepción al secreto fiscal después del 1 de enero de 2014.

Adicionalmente, añadió el ponente, el SAT no se encuentra impedido jurídicamente para hacer entrega de la información por una resolución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), pues las resoluciones del IFAI son vinculantes para toda la Administración Pública Federal y las recomendaciones de la Comisión sólo tienen un carácter consultivo. De conformidad con nuestra Constitución, la CNDH no puede erigirse como un órgano revisor de las resoluciones del IFAI.

De conformidad con la resolución aprobada, el SAT deberá dar a conocer el nombre y RFC de quienes hayan sido sujeto de las 50 mayores cancelación de créditos fiscales entre 2006 y 2014; asimismo, en seguimiento a la información que ya fue publicada por el propio sujeto obligado, éste también deberá proporcionar una lista que vincule el nombre y el monto en el periodo de 2007 y 2010.


Por Fórmula

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