Ahorros y refrescos pagarán más impuestos; outsourcing y apps empezarán a pagarlos

Dinero
/ 9 septiembre 2019

En busca de más recursos, el gobierno federal propone incrementar para 2020 el cobro de impuestos a la venta de refrescos y en las ganancias de los ahorradores. Además aplicarán a aplicaciones y subcontratación laboral

Ciudad de México. En busca de más recursos, el gobierno federal propone incrementar para 2020 el cobro de impuestos a la venta de refrescos y en las ganancias de los ahorradores.

Además, pretende que plataformas y aplicaciones digitales retengan los impuestos sobre la renta (ISR) y al valor agregado (IVA) a quienes las usen para vender u ofrecer servicios como transporte, alojamiento o entrega de comida, y lo mismo plantea sobre las empresas que contraten servicios de outsourcing o realicen ventas por catálogo.

En la miscelánea fiscal 2020, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propone al Congreso de la Unión que el impuesto especial sobre productos y servicios (IEPS), que se aplica desde 2014 a los refrescos o bebidas saborizadas y azucaradas, suba 10 centavos por litro, al pasar de 1.17 pesos, vigente el año pasado, a 1.27 a partir del 1 de enero en función de la inflación en 2018 y con la que se calcula cerrará 2019.

En la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación 2020, la dependencia pretende elevar de 1.04 a 1.45 por ciento la tasa de retención que aplican las instituciones financieras a los intereses o rendimientos que pagan a sus ahorradores.

La SHCP también se enfoca a las empresas que prestan servicios de subcontratación laboral, conocidas como outsourcing, y establece que quienes las contraten deberán retener el IVA.

Lo mismo deberán hacer las plataformas y aplicaciones digitales, tanto en IVA como ISR, para las personas físicas con actividades empresariales que las utilizan para vender productos o contratar servicios y así emparejar el cobro de las tributaciones entre quienes realizan operaciones similares.

Hacienda establece tasas diferenciadas de ISR en función del tipo de producto o servicio que se ofrece, así como de los ingresos mensuales que obtienen.

Para servicios de transporte de pasajeros y entrega de bienes, la dependencia establece tasas que van desde 2 por ciento para quienes tengan ingresos mensuales de 5 mil 500 pesos a 8 por ciento si perciben más de 21 mil pesos.

En los servicios de hospedaje las tasas propuestas van de 2 por ciento en ingresos mensuales de 5 mil pesos a 10 por ciento si se perciben más de 35 mil. En tanto la compra de productos y prestación de otros servicios el cobro de ISR será de 3 por ciento para quienes tienen ingresos mensuales de 25 mil pesos a 17 por ciento en caso de que rebasen el medio millón de pesos.

Hacienda advierte que quienes han tributado bajo el régimen de incorporación fiscal (RIF), pero venden productos por Internet, dejarán de pertenecer a este sistema dado que fue creado para fomentar la formalidad y el pago de impuestos en negocios tradicionales.

Por otra parte, en la miscelánea fiscal se propone establecer un esquema para facilitar el pago del ISR a las personas físicas que únicamente se dediquen a vender productos por catálogo. Será obligatorio que todas las empresas que surten a esos vendedores por cuenta propia les retengan de manera provisional el ISR.

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