Devolución de impuestos del SAT, qué debes hacer y qué no

La declaración anual está cada vez más cerca; y, en ocasiones, los contribuyentes reciben saldo a favor, por lo que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) se encarga de regresar dinero; pero también es posible que te rechacen la devolución de impuestos
MÉXICO.- La declaración anual está cada vez más cerca y, hay contribuyentes que regularmente tienen deducciones y por realizarla reciben saldo a favor, por lo que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) se encarga de regresar dinero. Sin embargo, en ocasiones esto puede cambiar y es posible que te rechacen la devolución de impuestos.
¿Qué es el saldo a favor?
El saldo a favor es un derecho que tienen los contribuyentes de recuperar todas las cantidades que han pagado cabalmente ante el organismo del SAT; o bien, los saldos a favor que resulten en sus declaraciones de impuestos.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el saldo a favor?
Contar con la firma electrónica o e.firma vigente es el requisito fundamental para poder solicitar el saldo a favor en devolución ante el SAT. Sin importar de cuánto sea el monto que vayas a solicitar, debes tener este requisito.
La e.firma les permite a los contribuyentes realizar distintos tipos de trámites ante la autoridad fiscal, por lo que es menester mantenerla vigente.
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No obstante, si aun no cuentas con la e.firma vigente, todavía puedes sacar cita para su solicitud, o en su defecto, renovación. Si buscas renovarla a través de internet necesitas seguir los siguientes pasos:
- Disponer del Certificado Digital (.cer) y el de la Llave privada (.key), estos recibiste al darte de alta ante el SAT.
- Ingresar al portal del SAT, donde encontrarás cuatro campos, dirígete a “renovación de certificado”.
- Buscar el archivo de renovación, mismo que obtienes a través de la aplicación “Certifica del SAT”.
- Dar clic en “Renovar”, una vez cargas el archivo.
- Corroborar tu situación fiscal, una vez proporcionada, el portal generará tu folio de trámite que deberás guardar.
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Las razones por las que el SAT te puede rechazar la devolución de impuestos
1.- En caso de que el saldo a favor es superior a $150 mil pesos.
2.- Si durante el 2021 el contribuyente obtuvo ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o herencia.
3.- Que el saldo a favor no corresponda al ejercicio 2021.
4.- Si el contribuyente estuvo suspendido del RFC durante el ejercicio del 2021.
5.- Si la declaración se realiza con contraseña cuando debe hacerse con e.firma (firma electrónica).
6.- Cuando el contribuyente tenga revocados certificados de sellos, firmas digitales o se encuentre en la relación de contribuyentes incumplidos y condonados publicados en el portal del SAT.
7.- Si el contribuyente está como “no localizado” en su domicilio fiscal.
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Por estas razones el SAT te puede rechazar la devolución automática del saldo a favor en 2022; no obstante, esto no significa que ese dinero ya no se te pueda entregar, pues si la solicitud no dice que ha sido “negada”, se puede reiniciar el trámite para corregir errores y se pueda lograr que te regresen una parte de lo que aportaste de impuestos.
La fecha límite para presentar este ejercicio es el próximo 30 de abril, y por tanto es importante recordar que en caso de no realizarla, se está cometiendo el delito de fraude fiscal.
Es necesario presentar la declaración de impuestos en el tiempo establecido. Es necesario mencionar que, tras la declaración anual, se puede consultar si fue aprobada y si has resultado con saldo a favor, esto se puede realizar a partir de los diez días hábiles siguientes a la fecha de presentación de declaración.
Con información de medios