Disminuyen montos y plazos para cancelar CFDI

Dinero
/ 29 octubre 2021

De acuerdo con el SAT, se reduce de 5 mil a mil pesos el monto requerido para que un CFDI se pueda cancelar sin la aceptación del receptor de dicho comprobante fiscal

La cancelación de un CFDI ahora será más fácil con la nueva resolución emitida por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), el pasado 18 octubre, en la que ya no es necesario contar la aceptación del receptor para determinados plazos y montos.

De acuerdo con el SAT, se reduce de 5 mil a mil pesos el monto requerido para que un CFDI se pueda cancelar sin la aceptación del receptor de dicho comprobante fiscal.

Con base en la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 (RMF), también se reduce el plazo de tres a un día hábil siguiente a su expedición para que un CFDI se pueda cancelar sin la aceptación del receptor del comprobante fiscal.

Si bien los cambios a las reglas en la RMF 2021 están pendientes de publicarse en el DOF, por lo que la redacción podría tener variaciones antes de ser publicada definitivamente, Proveedores Autorizados de Certificación como el sistema Facturador.com ya se encuentran actualizados acorde a la nueva normativa.

Los cambios suponen que los contribuyentes deben estar al día en sus obligaciones fiscales. Yamilee Dávalos Rosillo, gerente de facturador en Facturador.com, advierte que es importante que se apeguen al asesoramiento de expertos para llevar toda su contabilidad electrónica y evitar sanciones por parte de la autoridad tributaria.

Otras reglas incluidas en la RMF consideran el pago de contribuciones, y en su caso entero de las retenciones de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales, es decir, trabajo por internet.

Esta regla dicta los lineamientos que deben seguir los residentes en el extranjero que paguen las contribuciones y retenciones por los servicios digitales señalados en la LGIVA, y adiciona que la Tesorería de la Federación habilitará cuentas bancarias para realizar dichos pagos.

En este caso, si se transfieren recursos, pero no se cumplen con las especificaciones técnicas y operativas previstas, estos se considerarán entregados a la Tesorería de la Federación sin concepto o instrucciones de destino o aplicación.

Los contribuyentes que optaron por realizar el pago desde el extranjero debieron haber cumplido con la obligación cuando realizaran el envío de la declaración y efectuado el pago total señalado en la línea de captura vigente y obtengan el recibo de pago electrónico de contribuciones federales.

En caso de no cumplirse con lo previsto en esta resolución, los sujetos obligados deberán atenerse a lo previsto por la Tesorería para regularizar los recursos a que se refiere la normativa.

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