Aguinaldo 2023... ¿Cuándo se deposita, cómo calcularlo, quiénes lo reciben y fecha límite de pago?

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/ 4 diciembre 2023

Antes del 20 de diciembre los trabajadores deberán recibir su aguinaldo 2023; prestación obligatoria en México

¡Ya casi finaliza el 2023! Antes de culminar el año las y los trabajadores mexicanos reciben un dinero extra para pasar las celebraciones decembrinas y como parte de las prestaciones de ley que tienen con sus empresas, te contamos hasta cuándo te pueden entregar el aguinaldo y el monto que percibirás.

¿QUÉ ES EL AGUINALDO QUE RECIBEN TRABAJADORES EN MÉXICO?

El aguinaldo es un derecho laboral que tienen los trabajadores que cuentan con un régimen apegado a la Ley Federal del Trabajo (LFT), de acuerdo a lo estipulado en el “Artículo 87. Esta prestación inició desde 1970, un dato curioso, es que antes de este año algunos patrones brindaban una cantidad monetaria extra a sus empleados por épocas navideñas pero no era obligatorio.

En 1970 se reformó el monto económico del aguinaldo, pasando a ser una prestación obligatorio que deberán dar las empresas a sus trabajadores con una relación subordinada.

¿CÓMO CALCULAR EL AGUINALDO EN 2023?

En caso de que el trabajador tenga un año o más de servicio con el mismo empleador debe recibir de aguinaldo el equivalente a 15 días de salario neto, como mínimo. El monto de la prestación no aumenta conforme a la antigüedad del empleado. A los trabajadores con menos de un año de servicios les corresponde una parte proporcional al tiempo laborado. Para calcular el monto del aguinaldo basta con dividir el pago quincenal entre los 365 días del año y multiplicar el resultado por el número de días trabajados. Si el empleador está contratado con un sueldo variable debe promediar el ingreso de sus últimos 30 días laborales y realizar el resto de las operaciones.

Al respecto, el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que los trabajadores “que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado”.

¿QUÉ TRABAJADORES TIENEN DERECHO A RECIBIR LA PRESTACIÓN?

Los trabajadores contratados por honorarios no tienen derecho a recibir la prestación. En este sentido, las personas en México que presten servicios subordinados para una persona física o moral cuya relación se sustente por la Ley Federal del Trabajo tienen derecho al pago del aguinaldo. Esto incluye a los siguientes trabajadores:

• De base

• De confianza

• De planta

• Sindicalizados

• Contratados por obra o tiempo determinado

• Eventuales

• Comisionistas

• Agentes de comercio

• Agentes de seguros

• Vendedores

Si un persona renuncia antes del 20 de diciembre debe recibir la cantidad proporcional al tiempo que duró la relación de trabajo. El pago se realiza en el momento que termina el contrato, como parte de la liquidación o finiquito; lo mismo ocurre en caso de despido. En caso de deceso, los beneficiarios tendrán que iniciar un juicio de designación para solicitar el pago de la prestación.

¿CÓMO CALCULAR EL AGUINALDO?

Los trabajadores que tienen salario fijo deben calcular el aguinaldo por día laborado. Los que tienen salario variable, deben tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días trabajados. Se contemplan periodos vacacionales, licencias de maternidad y de paternidad, descansos semanales e incapacidades por riesgo de trabajo.

Para vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes contratados bajo el amparo de la Ley Federal del Trabajo, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año o del tiempo de trabajo en caso de que no haya cumplido el año.

La fórmula para calcular el aguinaldo toma en cuenta tu salario actual y el tiempo que lleves trabajando con el mismo patrón.

Aguinaldo estándar

Divide tu salario mensual neto entre los 30 días del mes. Si percibes 15 mil pesos de sueldo y lo divides entre 30 días, 500 pesos sería tu salario promedio diario. Ahora multiplica el monto que ganas a diario por los días de aguinaldo que por ley te corresponden. En este ejemplo: 500 pesos por 15 días igual a 7 mil 500 pesos.

Aguinaldo proporcional

Supongamos que trabajaste solo seis meses. Divide el monto del aguinaldo estándar entre los días del año: 7 mil 500 entre 365 es igual a 20.54, cantidad que ganarías a diario de aguinaldo. Si trabajaste 180 días (seis meses), multiplícalos por tu cuota proporcional de aguinaldo: 180 días trabajados por 20.54 es igual a 3 mil 697.2 pesos.

¿SE PUEDE RENUNCIAR AL PAGO DEL AGUINALDO?

La Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo es un derecho irrenunciable. Bajo ninguna circunstancia se puede negar el cobro de la prestación, incluso aunque el empleador acuse dificultades económicas o falta de utilidades. Ninguna carta ni documento puede acreditar la renuncia al aguinaldo.

¿QUÉ HACER SI NO DEPOSITAN LA PRESTACIÓN?

En caso de que no se realice el pago del aguinaldo, el trabajador tendrá un año para reclamar a las instancias correspondientes: Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales; Tribunales Laborales o Centros de Conciliación y Registro Laboral.

El reclamo lo pueden iniciar las personas trabajadoras, sindicatos, federaciones o confederaciones de trabajo. La Profedet es la instancia encargada de asesorar, orientar e incluso representar jurídicamente a los trabajadores ante los centros de conciliación.

¿DÓNDE ACUDIR SI NO TE PAGAN EL AGUINALDO?

Acude con los abogados de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), quienes interpondrán la demanda respectiva. Recuerda que este servicio es gratuito, sólo debes llamar a los teléfonos 8007172942, 8009117877 y 5559 98 2000, extensiones 44740 y 44741; además, puedes escribir a orientacionprofedet@stps.gob.mx.

De manera personal, en las oficinas de la Ciudad de México que están ubicadas en Dr. José María Vértiz 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, de lunes a viernes, en horarios de 08:30 a 18:00 horas. Te dejamos la liga de las oficinas de Profedet en todo el país.

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