Crédito Infonavit... ¿Cómo verificar si mi patrón está haciendo las aportaciones y estoy al corriente?

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/ 30 noviembre 2023

Las multas para las empresas que no paguen las aportaciones al instituto de la vivienda pueden ser de hasta 350 veces el salario de cada una de las personas afectadas

Los patrones tienen que presentar sus pagos respectivos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) para cumplir con sus obligaciones.

En ese sentido, el Infonavit ha dado a conocer que cada bimestre los patrones deberán de cumplir con esta responsabilidad además de otras obligaciones que son:

• Inscribir a su empresa ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

• Registrar a sus trabajadores ante el IMSS, así estos se convierten en derechohabientes del Infonavit.

• Manifestar el salario diario integrado que les paga en ese momento y aportar bimestralmente al Infonavit el 5% de esa cantidad por cada uno de tus trabajadores.

• Cada vez que se modifique la situación laboral de los trabajadores, se debe avisar al IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes al momento en que ocurrió la modificación, en caso de la declaración de huelga, el plazo es de ocho días.

• Si la empresa es de construcción y la asistencia de los trabajadores es esporádica, entrega al IMSS una constancia con el número de días trabajados en el mes y el salario que percibieron.

¿CUÁNDO SON LOS PAGOS DE LOS PATRONES AL INFONAVIT EN 2023?

Los pagos de los patrones al Infonavit se presentan cada dos meses, siendo enero el primer mes de pago del año.

La fecha limite de pago es después del día 15 de cada bimestre.

CÓMO REVISAR LAS APORTACIONES DE MI PATRÓN

La primera señal de que tu sueldo real no está registrado ante el IMSS es que tu patrón te pague una parte del salario vía nómina, y otra en efectivo, pues sólo lo declarado en la nómina es contemplado por la ley.

Para comprobar que tu sueldo real esté registrado como tal, puedes acceder al portal de Mi Cuenta de Vivienda en el sitio del Infonavit, donde puedes consultar el resumen de movimientos, y ver los aportes de tu patrón.

De la misma forma, puedes acudir a alguno de los kioskos de autoservicio del Infonavit, en los cuales podrás consultar el mismo historial de movimientos que está disponible en internet, pues podrás acceder con tu usuario y contraseña.

El cinco por ciento de tu sueldo aportado a la subcuenta de vivienda no debe ser extraído de tu salario, pues es un aporte adicional que corre a cuenta del empleador, por lo que si este es tu caso, o te tienen registrado con un sueldo menor, deberás notificar a las autoridades.

¿QUÉ HACER SI DETECTAS QUE TU PATRÓN NO PAGA LAS CUOTAS DE INFONAVIT?

De acuerdo con el instituto, en caso de que su empleador no abone los montos que se requieren ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y no afecte su crédito Infonavit, entonces podrá realizar una denuncia.

Para ello, el interesado podrá realizar la demanda a través de 3 formas diferentes:

1.- El acreditado tendrá que mandar un correo electrónico a la siguiente dirección: enlinea@imss.gob.mx

2.- Otra de las vías de apoyo para dar seguimiento a su queja podrá realizarla a través de la línea de Infonatel en el número de teléfono siguiente: 55 91 71 50 50.

3.- También se podrá realizar de manera presencial en cualquiera de las subdelegaciones del IMSS.

Luego de llevar a cabo ese proceso, si se detecta la falta de aportaciones por parte de la empresa, es probable que ingrese a un proceso aclaratorio y se puedan garantizar los recursos en la cuenta individual o el crédito de vivienda.

CÓMO ACCEDER AL CRÉDITO

Los trabajadores también podrán realizar sus propias aportaciones al Infonavit para que se vaya directamente a la Subcuenta de Vivienda a través del programa de aportaciones extraordinarias.

Por otra parte, si desea acceder a un crédito del Infonavit, será necesario contar con el puntaje necesario y precalificarse.

¿Cómo saber cuál es el puntaje que tiene? Hay que recordar que la puntuación mínima para obtener un financiamiento es de 1080 puntos.

Para saber si ya es un candidato para poder acceder a un crédito de vivienda se deberán considerar los siguientes puntos:

Su estabilidad laboral, salario diario integrado, Subcuenta de Vivienda, así como la información por parte de la empresa donde presta sus servicios.

Cuando se cumple con los criterios mínimos antes mencionados, se dará paso al resultado de la consulta de sociedades de información crediticia.

La combinación de los resultados arrojará el porcentaje de su capacidad máxima de crédito al que puede acceder.

¿QUÉ DICE LA LEY?

Si una empresa evadió el pago de cuotas patronales ante el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), deberá cubrir el adeudo, aunque el personal ya no labore ahí. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió esta jurisprudencia laboral que podrá utilizarse en juicios relacionados con este tema.

La Segunda Sala de la SCJN resolvió el caso en el que una compañía no había cumplido su obligación ante el Infonavit, y cuando una persona que había trabajado en esa organización reclamó el cumplimiento de dichos pagos ésta se negó, argumentando que ya no existía la relación laboral.

Un tribunal colegiado de circuito le dio la razón a la empresa, pero otro determinó que la Junta de Conciliación y Arbitraje debía condenarla a que cubrir esas cuotas “por el tiempo que duró la relación laboral, aunque ya no exista dicho nexo”.

Así es como llegó el asunto a la Corte que, ante la contradicción de criterios judiciales, decidió que si “se demuestra que el patrón no inscribió al trabajador mientras duró ese vínculo” laboral, no importa que la persona ya no trabaje para esa empresa. La compañía tiene que pagar lo que evitó desembolsar antes.

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