Profeco pone un alto a escuelas privadas en el Regreso a Clases... familias pueden elegir dónde comprar útiles y uniformes

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Profeco aclaró qué pueden y qué no pueden exigir las escuelas privadas en el regreso a clases, desde útiles y uniformes hasta colegiaturas y adeudos

Con el regreso a clases cada vez más cerca, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó a madres, padres y tutores cuáles son sus derechos frente a las escuelas particulares y qué prácticas no están permitidas.

Uno de los principales puntos tiene que ver con la compra de útiles escolares, uniformes y materiales. Los colegios privados no pueden obligar a las familias a adquirir estos productos con un proveedor determinado, por lo que existe libertad para comparar precios y decidir dónde realizar las compras.

https://vanguardia.com.mx/dinero/utiles-escolares-aprobados-en-el-estudio-de-profeco-GF22726653

La dependencia también aclaró que las escuelas no pueden exigir que los artículos sean nuevos. Esto significa que, cuando las condiciones escolares lo permitan, las familias pueden reutilizar uniformes, cuadernos, mochilas y otros materiales de ciclos anteriores.

Cualquier condicionamiento relacionado con la compra de productos escolares puede ser reportado ante la autoridad correspondiente, especialmente cuando el plantel pretende convertir la adquisición de determinados artículos en un requisito para recibir el servicio educativo.

ESCUELAS PRIVADAS DEBEN INFORMAR COSTOS Y CONDICIONES

Profeco explicó que la relación entre una escuela particular y las familias se establece mediante un contrato de prestación de servicios educativos, en el que deben quedar claras las condiciones bajo las cuales se ofrecerá el servicio.

El documento debe incluir información relacionada con la inscripción, reinscripción y colegiaturas, además de las políticas de cancelación y otros aspectos que puedan generar un costo para las familias.

Los planteles también deben informar por escrito si cuentan con la correspondiente incorporación a la Secretaría de Educación Pública (SEP), con el propósito de que las familias conozcan la situación de los estudios que ofrece la institución.

La información también debe contemplar los servicios adicionales disponibles, como transporte escolar, alimentación, horario ampliado y actividades extracurriculares, para que los consumidores conozcan desde el inicio qué servicios están incluidos y cuáles representan un pago adicional.

NO PUEDEN SUBIR COLEGIATURAS SIN ACUERDO

Otro de los puntos señalados por Profeco corresponde al costo de las colegiaturas durante el ciclo escolar. Una vez establecido y firmado el contrato, las escuelas particulares no pueden aumentar unilateralmente las cuotas.

De acuerdo con la dependencia, cualquier incremento durante el ciclo requiere el acuerdo de la mayoría de madres, padres y personas tutoras, por lo que los cambios en las condiciones económicas del servicio no pueden aplicarse simplemente por decisión del plantel.

La información sobre los costos debe proporcionarse de manera clara y previa. De esta manera, las familias pueden conocer cuánto tendrán que pagar y bajo qué condiciones antes de contratar los servicios educativos.

El llamado de Profeco ocurre en una temporada en la que miles de familias comienzan a preparar sus compras para el regreso a clases, desde uniformes hasta materiales escolares y otros servicios relacionados con la educación privada.

¿PUEDEN RETENER DOCUMENTOS POR ADEUDOS?

Las deudas con una escuela particular también tienen límites respecto a las medidas que puede tomar el plantel para reclamar un pago pendiente.

Profeco señaló que una institución puede suspender el servicio educativo por falta de pago, siempre que esto se realice bajo las condiciones correspondientes. Sin embargo, existe una restricción importante: el colegio no puede retener los documentos académicos de las y los estudiantes como mecanismo para presionar a las familias.

Tampoco está permitido exhibir públicamente a quienes tengan adeudos ni recurrir a prácticas abusivas o discriminatorias para exigir el pago.

Por ello, la Procuraduría pidió a madres, padres y tutores revisar los contratos y condiciones del servicio antes de realizar las compras y reportar cualquier irregularidad que pueda afectar sus derechos como consumidores.

DATOS CLAVE SOBRE LAS ESCUELAS PRIVADAS

· Las familias pueden elegir libremente dónde comprar útiles y uniformes.

· Las escuelas no pueden exigir que los materiales escolares sean nuevos.

· Los colegios deben informar sus costos y condiciones del servicio.

· Deben comunicar por escrito si cuentan con incorporación a la SEP.

· Las colegiaturas no pueden aumentar durante el ciclo escolar sin el acuerdo correspondiente.

https://vanguardia.com.mx/informacion/profeco-y-condusef-lanzan-guia-para-planear-tus-compras-en-el-regreso-a-clases-sin-deudas-AD22654370

· Los planteles pueden suspender el servicio por adeudos bajo las condiciones aplicables.

· Las escuelas no pueden retener documentos académicos de los estudiantes por falta de pago.

· Tampoco pueden exhibir públicamente ni discriminar a las familias que tengan adeudos.

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Especialista en periodismo en tiempo real, pronóstico del clima, tendencias, política nacional y contenido de utilidad.

Con 15 años de experiencia en medios digitales, actualmente es editor breaking en Vanguardia MX. Licenciado en Diseño Gráfico, egresado de la Escuela de Artes Plásticas de la UAdeC. En diseño editorial, ha realizado proyectos de revistas impresas y digitales sobre cultura, arte y educación.

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