INE perfila lineamientos para campañas de Elección Judicial
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Los lineamientos y reglas que deberán seguir las candidaturas a cargos del Poder Judicial de la Federación
La Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos y reglas que deberán seguir las candidaturas a cargos del Poder Judicial de la Federación (PJF) y la ciudadanía, por el que prohíbe la contratación de espectaculares, tiempos en radio y televisión, así como espacios publicitarios en medios y redes sociales, durante el proceso de elección judicial.
Los lineamientos, que se discutieron en sesión privada por la comisión, serán aprobados en la próxima sesión del Consejo General del INE.
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¿CUÁLES SON LOS REGLAMENTOS?
Como lo establece la Reforma al Poder Judicial, no se permitirá el uso de recursos privados provenientes de terceros, ni públicos de ningún orden de gobierno, por lo que sólo podrán usar el dinero que tengan por sí mismos.
El listado destaca la prohibición del proselitismo anticipado o fuera del periodo establecido previamente; así como que tampoco los políticos y funcionarios se les impedirá posicionarse a favor o en contra de algún candidato o candidata; por otro lado, la ciudadanía no podrá debates o entrevistas inequitativas a aspirantes.
Los topes de campaña saldrán 15 días antes del inicio de campaña, es decir, el 28 de marzo.
No obstante, también rechaza la “utilización de programas sociales y de sus recursos, del ámbito federal, estatal, municipal, o de la Ciudad de México, con la finalidad de inducir o coaccionar a la ciudadanía para votar a favor o en contra de cualquier persona candidata”, añade.
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Así como que servidores de la nación o personas relacionadas a programas sociales no podrán moderar actos de campaña. Mientras que servidores públicos no podrán participar en proselitismo, tanto en días laborales y no laborales, en cuanto no se ostente la calidad del aspirante a juzgador.
La propuesta establece que se prohíbe la contratación de tiempos de radio y televisión para la promoción de las personas candidatas a juzgadoras; así como de espacios publicitarios y de promoción personal en medios de comunicación impresos o digitales, anuncios espectaculares y bardas en la vía pública, vallas, paradas de autobuses, entre otros.
Tampoco podrán difundir encuestas o sondeos previo a que hayan sido dados a conocer por algún medio de comunicación, y será considerado como gasto no reportado.
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Para sus campañas, los candidatos podrán usar las redes sociales o medios digitales para promocionar sus logros, propuestas y experiencia, “siempre y cuando no impliquen erogaciones para potenciar o amplificar los alcances de sus contenidos; es decir, no podrán contratar por sí o a través de terceros, pautado publicitario”.
Entre los gastos permitidos están la propaganda impresa, producción y/o edición de imágenes, spots o promocionales para redes sociales, pasajes terrestres, aéreos o combustible para sus traslados, hospedaje y alimentos dentro del ámbito territorial de su candidatura.
(Con información de El Universal)