TEPJF ordena reactivar selección de candidaturas para elección judicial

México
/ 22 enero 2025

El Comité del Poder Judicial tiene hasta 24 horas para reanudar el proceso sobre aspirantes, ya que no pueden frenarse actos electorales

Con mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) ordenó al Comité de Evaluación del Poder Judicial (PJ) reanudar el proceso de selección de aspirantes a cargos judiciales, a más tardar en 24 horas a partir de la notificación, al sostener que no pueden frenarse actos electorales, así como no pueden suspenderse o incumplir sus obligaciones constitucionales.

El Comité Judicial deberá acatar la reactivación en un plazo máximo de 24 horas que corren a partir de recibida la notificación oficial de la sentencia, no de la hora en que la Sala Superior del TEPJF votó.

TE PUEDE INTERESAR: Se postulan 369 al PJF en el circuito de Coahuila; hay caras conocidas por Tribunal Electoral y Suprema Corte de Justicia

EL DEBATE

El proyecto de la magistrada presidenta, Mónica Soto, también establece vistas a la Fiscalía General de la República (FGR) y el Consejo de la Judicatura en contra el juez de distrito de Michoacán, que dictó la suspensión.

Además, se acordó hacer un exhorto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a que también resuelvan a la brevedad resolver los juicios que están en su competencia.

“Es constitucionalmente inviable detener la implementación de los procedimientos electorales a cargo de, entre otras autoridades, los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión, en tanto exista norma que constitucionalmente le impone dicha atribución y mandato, como en el caso ocurre”, sostiene la resolución del TEPJF.

TE PUEDE INTERESAR: ‘Rasuran’ listas para elección judicial local: palomean a 107 integrantes del PJ para comicios

Además, señala que el Juez primero de distrito de Michoacán actuó fuera de sus facultades constitucionales, ya que “interfirió e invadió, indebidamente, en el ámbito de competencia que es exclusivo de esta autoridad constitucional, al adjudicarse atribuciones de las que carece, con la intención de evitar que este órgano jurisdiccional ejerza jurisdicción que se encuentran en su ámbito de atribuciones”.

La magistrada apuntó que no es un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de la resolución del juez, ya que eso le corresponde a otras autoridades; aunque señala que los actos cometidos por el comité sí pertenecen exclusivamente al ámbito electoral.

“Estamos, y ya fue dicho en efecto, en un momento fundamental en la historia jurídico-electoral de México en el que el papel de esta Sala Superior es justamente ir despegando los cuestionamientos y los casos no previstos que se plantean por primera ocasión en esta primera elección extraordinaria de 2025 y que vayan trazando un camino para la del año 2027 y subsecuentes”, sostuvo.

TE PUEDE INTERESAR: Pide INE mil 500 mdp para poner más casillas en elección judicial

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón expresó su desacuerdo con el proyecto, al considerar que el papel de la Sala Superior es minimizar la confrontación entre tribunales y abonar a la certeza de los aspirantes, así como la estabilidad del sistema legal.

También se separó de la vista a la Fiscalía General de la República, al señalar que esta medida es desproporcionada.

El magistrado Felipe Fuentes subrayó que el comité del Poder Judicial debe continuar con sus obligaciones constitucionales y legales, consistentes en el desarrollo y selección de los aspirantes a cargos judiciales.

En tanto, el magistrado Felipe de la Mata, apuntó que la resolución del juzgado “constituye una vulneración directa a la Constitución por la sencilla razón de que, la elección judicial está prevista constitucionalmente y no admite la suspensión en ninguna de sus etapas, aún si tales actos se explican como consecuencia de una medida cautelar de un juez de amparo, pues tal medida resulta de un exceso de sus atribuciones y una invasión de competencias que altera el orden constitucional y por tanto, es nula de pleno derecho”.

TE PUEDE INTERESAR: Dice Claudia Sheinbaum al INE que sólo hay 800 mdp extras para elección judicial

Por otro lado, la magistrada Janine Otálora aprobó hacer un exhorto a la SCJN para que resuelva las impugnaciones de perfiles interesados en magistraturas electorales en contra de la suspensión del Comité Judicial, pues esta sentencia las excluye, ya que son las únicas que no son competencia del Tribunal Electoral sino de la Suprema Corte.

Así que será la SCJN la que deberá resolver para quienes buscan un puesto como magistrados electorales no queden rezagadas y puedan continuar proceso como el resto de los perfiles para otros cargos.

(Con información de El Universal)

COMENTARIOS

Selección de los editores