Establecerá INM nuevos criterios para regularizar a extranjeros
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Plantea el organismo, bajo esos criterios, otorgar la calidad de inmigrante en las características de profesional, cargo de confianza, científico, técnico, familiares, artistas o deportistas, o bien, como asimilado en algunos casos de manera excepcional.
México.- El Instituto Nacional de Migración (INM) prevé establecer una serie de criterios conforme a los cuales los extranjeros que se encuentren de manera irregular en México y que manifiesten su interés de residencia obtengan su documentación migratoria en calidad de inmigrante.
El organismo se plantea, bajo esos criterios, otorgar la calidad de inmigrante en las características de profesional, cargo de confianza, científico, técnico, familiares, artistas o deportistas, o bien, como asimilado en algunos casos de manera excepcional.
El INM remitió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) el anteproyecto del Programa de Regularización, que contiene el acuerdo en el que se definen los beneficiarios y criterios, requisitos, excepción al beneficio, procedimiento, entrega del documento migratorio y otros asuntos relacionados.
El documento estipula como "excepción al beneficio", es decir, que los extranjeros no podrán beneficiarse de este acuerdo cuando hayan sido condenados, mediante sentencia ejecutoriada, por delito doloso que merezca pena corporal, cometido en territorio nacional o extranjero.
Tampoco habrá beneficio para quienes tengan una orden de aprehensión en su contra o estén sujetos a proceso penal por delito doloso, o cuando sean objeto de una alerta migratoria o se encuentren en alguna lista de seguridad.
Establece que el INM otorgará la regularización con calidad de inmigrante, en la característica que corresponda o como asimilado, al extranjero (a) que haya ingresado antes del 1 de enero de 2007 y que a la entrada en vigor del acuerdo esté sin documentación migratoria.
Indica que los criterios para tener el beneficio son: ser cónyuge o tener parentesco consanguíneo en primer grado con una persona mexicana o un extranjero legalmente establecido en México, o tener por lo menos un año de vivir en unión libre con un nacional.
Además, quienes deseen su documentación en las características de profesional, cargo de confianza, científico, técnico, familiares o artistas y deportistas deberán presentar original y copia de su forma migratoria vencida u otro documento que pruebe la fecha en que entró al país o que constate tener su domicilio en territorio nacional.
Para la característica de asimilado, se deberá presentar original y copia del documento oficial que acredite su identidad y nacionalidad, así como su forma migratoria vencida o el documento que pruebe la fecha de internación al país o la constancia de domicilio.
En cuanto se realice el procedimiento respectivo, la autoridad migratoria emitirá la resolución en un plazo de 30 días hábiles y si es favorable, ella misma, conforme a la reglamentación vigente, determinará el monto de la multa a que se haga acreedor el extranjero por su estancia irregular en territorio nacional, puntualiza.