Ex director del Altiplano, acusado de fuga de 'El Chapo', sale de prisión

Nacional
/ 5 abril 2019

Valentín Cárdenas Lerma abandonó la noche del martes el penal federal de El Rincón, en Nayarit; permaneció poco más de tres años preso por la fuga de Joaquín Guzmán, ocurrida en julio de 2015

Valentín Cárdenas Lerma, ex director del penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, acusado por la Procuraduría General de la República de la fuga del capo Joaquín El Chapo Guzmán, recuperó su libertad y abandonó el penal federal de El Rincón, en Tepic, Nayarit.

El pasado jueves un Tribunal federal ratificó por unanimidad el amparo otorgado a Cárdenas Lerma, que obligaba a revocar el auto de formal prisión dictado en su contra y dictar un nuevo auto de libertad por falta de elementos para procesar. 

Los abogados Alberto del Río Azuara y Jesús Moreno de Leija, confirmaron a MILENIO la liberación del ex servidor público, quien al salir del penal se reunió con su esposa e hijos. 

Cárdenas permaneció en prisión preventiva durante poco más de tres años, procesado por evasión de preso ocurrida el 11 de julio de 2015, caso por el que siguen presos elementos de la Policía Federal. 

El magistrado del Quinto Tribunal Unitario del Segundo Circuito, en Toluca, revocó el auto de formal prisión dictado en la causa penal 55/2015, que actualmente se instruye bajo el número 23/2018 en el juzgado Segundo de Distrito de la misma especialidad y residencia, y decretó auto de libertad, por falta de elementos para procesar, a favor de Cárdenas Lerma. 

De esta manera, se dio cumplimiento a la sentencia del amparo liso y llano que protegió a Valentín el 29 de junio de este año, amparo confirmado en sus términos el 23 de noviembre por sentencia del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del mismo circuito judicial. 

En el considerando tercero del auto de libertad, el magistrado apuntó que “en estricto apego a los lineamientos establecidos por la magistrada del Sexto Tribunal Unitario del Segundo Circuito y conforme a las consideraciones plasmadas en la sentencia con que resolvió el juicio de amparo indirecto 23/2018, este órgano de apelación responsable se encuentra obligado a calificar de fundados algunos de los agravios formulados por el defensor particular del procesado...” agregando que la magistrada “...actuando como órgano de amparo, consideró que no existen datos suficientes para estimar que las omisiones atribuidas al apelante fueron favorecedoras de la sustracción del interno...”  

Dado que, a la fecha, son todavía procesadas varias personas en la misma causa penal, la defensa se abstuvo de emitir pronunciamientos adicionales.

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