Una reforma trascendental

+ Seguir en Seguir en Google
Opinión
/ 16 diciembre 2010

A Isabel Miranda de Wallace, que esta semana
recibió el Premio Nacional de Derechos Humanos
en reconocimiento a su valentía, pundonor, talento,
entereza y por su sed de justicia.

 
El pasado miércoles el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 361 votos modificaciones a 10 artículos de nuestra Constitución Política. Sin duda, la aprobación fortalece el ejercicio de los derechos humanos en el país; la reforma otorga más facultades a la CNDH para investigar violaciones graves a las garantías individuales.

Con esta reforma ha sido abatido mi escepticismo. En efecto, yo daba por hecho que los diputados se irían de vacaciones dejando la reforma en derechos humanos congelada (10-12-2010). No fue así y lo celebro con euforia; es alentador que cumplan algunos de sus compromisos con la ciudadanía.

El dictamen propone cambiar la denominación del Capítulo I del Título Primero de la Constitución para quedar: "De los Derechos Humanos y sus Garantías", y ya no más de las garantías individuales, para hacer concordante el título de este capítulo con los artículos que propone reformar.

En la reforma se establece que el Estado debe prevenir, sancionar y reparar las violaciones graves a los derechos humanos. Se define que los derechos humanos  son los reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales suscritos por el País, y además se añade el principio internacional de que la interpretación de la Constitución y sus leyes siempre debe ser en las mejores condiciones y a favor de los ciudadanos.

En el Artículo Tercero se determina que la educación deberá fomentar el respeto a los derechos humanos; en el 11 se consagra el derecho de asilo y refugio. En el 15, se prohíbe la suscripción de tratados que menoscaben los derechos humanos; el 18 obliga al sistema penitenciario a organizarse bajo la base de respeto a los mismos.

En el artículo 29 se introducen importantes disposiciones, al definir que los derechos humanos no pueden suspenderse ni restringirse, aun en una situación de excepción; se establece el reconocimiento a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, la protección de la familia, al nombre, a la nacionalidad, derechos de la niñez, derechos políticos, libertad de pensamiento, conciencia y de profesar creencias religiosas.

También se contempla "el principio de legalidad y retroactividad"; la prohibición de la pena de muerte, la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la desaparición forzada y la tortura.
En el Artículo 33 se limita la facultad del Ejecutivo para hacer salir del País a extranjeros, previa audiencia, a través de un procedimiento que establece la ley. Como principio de Política Exterior se agrega en el Artículo 89 el respeto, la promoción y protección de los derechos humanos.

Del Artículo 97 se elimina la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para investigar casos graves de violaciones a los derechos humanos para otorgársela a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), y en el ejercicio de esa facultad ninguna autoridad podrá negarle información; el desarrollo y desahogo del procedimiento le corresponde al Consejo Consultivo.

En el Artículo 102 se fortalece la protección no jurisdiccional de los derechos humanos al establecer que las autoridades tienen obligación de dar respuesta a la CNDH, quien no las acepte deberá manifestarlo públicamente. El Senado puede hacer comparecer a quienes no hayan aceptado alguna recomendación o no la cumplan para que expliquen públicamente sus razones.

También se amplía la competencia de la Comisión para conocer de violaciones a los derechos laborales. Asimismo, se establece la elección del titular de la CNDH y los integrantes del Consejo Consultivo, a través de un procedimiento de consulta pública transparente.

Por último, en el Artículo 105 se amplían las facultades de la Comisión para interponer controversia constitucional contra tratados internacionales que limiten los derechos humanos.

Sin duda los cambios son un avance en la materia. La diputada Enoé Uranga trabajó arduamente para sacar adelante la reforma, y sostiene que se trata del proyecto más ambicioso de esta Legislatura, y es producto de un trabajo legislativo de 10 años impulsado desde la sociedad civil.

Por su parte, Amnistía Internacional expresó que en materia de justicia, en México cada vez es mayor la necesidad de recurrir ante organismos internacionales, especialmente en el tema de derechos humanos. Entre el 2000 y el 2009, el número de casos contra el Estado Mexicano llevados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos pasó de 27 a 232.

La reforma abre una enorme ruta de trabajo. Es preciso que los derechos humanos dejen de ser considerados por las autoridades como una cruz; no es posible que la impunidad se mantenga en un 98 por ciento.
En derechos humanos ahora se inicia un nuevo camino para hacer que la ley se aplique.

Somos un medio de comunicación digital e impreso con cinco décadas de historia; nos hemos consolidando como uno de los sitios de noticias más visitados del Noreste de México.

Como medio multiplataforma, nos distinguimos por ofrecer contenidos confiables y de alta calidad, abarcando una amplia gama de temas, desde política y estilo de vida hasta artes y cultura. Además, ofrecemos artículos de análisis, entretenimiento y recursos útiles a través de formatos innovadores en texto, fotografía y video, que permiten a nuestros lectores estar siempre bien informados con las noticias más relevantes del día.

Nos enorgullece tener un equipo editorial compuesto por periodistas especializados en Derechos Humanos, Deportes y Artes.

NUESTRO CONTENIDO PREMIUM