La importancia del desacuerdo
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Una sociedad democrática ideal no es aquella en la que todas las personas siempre están de acuerdo, sino en la que sean respetados los distintos puntos de vista, y más aún, las personas tengan garantizado el derecho a pensar diferente. Así, se procura que el poder de las mayorías no deje en la penumbra a los puntos de vista de las minorías.
En la medida en la que sólo las opiniones mayoritarias sean difundidas, las valiosas opiniones minoritarias y desacuerdos quedarán en el olvido. Además, se debe tener en cuenta que la evolución de las ideas surge de los desacuerdos y de las discusiones, mientras que el consenso perpetuo, en cierta forma, implica estancamiento.
El derecho a pensar diferente, en suma, a disentir, cobra especial relevancia en los procesos de toma de decisiones, donde es clave tener en cuenta las distintas experiencias y alternativas. De esta forma, es posible llegar a soluciones satisfactorias ante distintos problemas y retos que presenta la vida en sociedad.
El ámbito jurídico es uno de los contextos en los que la toma de decisiones pertenece al día a día. Las partes presentan sus conflictos o controversias para que sean resueltas a través de resoluciones emitidas por órganos judiciales, ajenos a ellas y, por lo tanto, imparciales. En algunos casos, las decisiones no son tomadas solo por una persona, sino que existen órganos judiciales colegiados.
En México, los órganos jurisdiccionales de mayor jerarquía funcionan de forma colegiada. En esas instancias los casos son decididos luego de la discusión de los y las juzgadoras que aportan sus diversos puntos de vista sobre la mejor solución para cada caso. Sin embargo, no siempre existe consenso sobre lo que debe decidirse. En ese caso surge la cuestión: ¿es sano el disenso judicial?
Antes de responder es importante mencionar que, a diferencia de otras áreas del conocimiento, en el derecho no se puede asegurar que exista únicamente una solución correcta para cada caso. Este tiene el atributo de ser opinable: sobre un precepto normativo puede haber más de una interpretación, que pueden tener cierto grado de validez en cuanto sean o no conformes con los valores fundamentales recogidos en las constituciones o normas supremas.
En ese orden de ideas, el disenso judicial se constituye como un instrumento en favor de la construcción de soluciones, cuyo grado de congruencia y conformidad con los valores considerados como valiosos por una sociedad sea satisfactorio. Esto quiere decir que, mediante el desacuerdo, la decisión prevaleciente ha sido sometida a un escrutinio y confrontación con otras ideas y opiniones que pueden ser útiles para que dicha solución sea perfeccionada.
Es importante mencionar que el problema no está en que se tomen decisiones unánimes. Más bien, en que esa unanimidad se obtenga a partir de la ausencia de discusión o con discusiones que lejos de contribuir a construir decisiones sobre la base de diversos puntos de vista se desarrollen mediante acuerdos rápidos fuera de las salas de audiencia.
Del mismo modo, el disenso debe abanderar ideas sustentadas y racionales, y no ser simplemente la manifestación de la obstinación, carente de cualquier justificación. Es decir, se vale no estar de acuerdo, pero hay que decir el porqué. Y no sólo eso, sino que es necesario que la justificación presentada procure alcanzar bienes valiosos para la sociedad.
El disenso judicial ha sido la causa de grandes avances en materia jurídica a lo largo del mundo. En México, por ejemplo, los avances contra la tortura en las investigaciones penales o el reconocimiento de derechos de grupos minoritarios, sólo por mencionar dos ejemplos, han sido el fruto de la semilla sembrada por el disenso en las decisiones judiciales.
El disenso razonado, sin embargo, no se basta a sí mismo. Debe apoyarse de ciertas herramientas, como las que son dadas por la transparencia judicial. Por ejemplo, la publicación de los criterios y sentencias relevantes, no sólo a nivel federal, sino especialmente a nivel local. Éstas permiten medir los avances o retrocesos en materia de protección de derechos fundamentales, así como el camino recorrido.
El autor es investigador del Centro de Educación para los Derechos Humanos de la Academia IDH. Este texto es parte del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA y la Academia IDH