¿Revocación de mandato o aniquilación del INE?
COMPARTIR
Hace un mes, cualquiera habría supuesto que por estos días y hasta después del próximo 10 de abril, nadie estaría hablando de otra cosa que no fuera la revocación de mandato de López Obrador, cuya votación será ese día.
Pero sucedió que de manera un tanto inesperada se presentó el turbio asunto de la Casa Gris. Y todo cambió. No es que se hable poco de la votación del próximo 10 de abril, por supuesto que no, pero en función de lo que se esperaba prácticamente es nada.
Lo anterior da a pensar que si se ven las cosas con cierta suspicacia, más parece que este proceso revocatorio fue activado no tanto para echar del cargo al actual Presidente de la República, sino para fundir al INE.
Varios puntos ponen de relieve tal propósito. Enuncio sólo algunos, no todos. Uno inicial, que a muchos les pasó inadvertido, consistió en la notable demora de la correspondiente la ley reglamentaria, que debió haber sido expedida “dentro de los 180 días siguientes a la publicación de este Decreto”, según dispuso el artículo segundo transitorio de la enmienda constitucional de diciembre de 2019.
Pues bien, pasaron los 180 días y la ley no sólo no se expidió sino que ni siquiera se discutió. Transcurrieron otros 180 días y llegó a tal extremo el vacío legislativo que ni la iniciativa de esa ley se había al menos presentado.
Se consumieron después otros 180 días y a continuación el INE, a falta de ley reglamentaria y con sentido de responsabilidad, se vio en la necesidad de dictar unos lineamientos para hacer aplicable en esta ocasión y por primera vez un proceso revocatorio de mandato, a falta de una ley expedida por el Congreso.
Luego, por increíble que parezca, se desató contra el INE una feroz andanada por parte de Morena y sus seguidores, que por qué el INE se tomó tales atribuciones, qué puntadas de haber establecido ésto o aquéllo en sus lineamientos. Así suele ser esa gente, muy celosa de la honra, pero muy desobligada de sus responsabilidades.
Hasta que finalmente el Congreso (con mayoría de Morena en ambas Cámaras) expidió la “Ley Federal de Revocación de Mandato”, misma que apareció publicada en el Diario Oficial el 14 de septiembre de 2021, es decir, quince meses después de la fecha en que a más tardar la debió haber emitido.
Otra cuestión, que hasta ahora ha sido la más visible, es la trampa presupuestal, de tal manera que más que un proceso revocatorio hemos sido testigos de un proceso de linchamiento al INE.
Con gran necedad sus enemigos se han empecinado en que la autoridad electoral organice y lleve a cabo el proceso revocatorio, pero sin asignarle los recursos necesarios. El juego, de tan burdo, es más que visible.
La trampa estuvo puesta desde que se aprobó la reforma constitucional en diciembre de 2019 y luego la ley reglamentaria de septiembre de 2021. Quien lea los artículos quinto transitorio de uno y otro decreto llega a la conclusión de que algo raro contienen esos preceptos, en la medida en que ambos disponen que para la realización de las tareas a cargo del INE, por lo que hace al proceso revocatorio, se cubrirá “con base en la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio y los subsecuentes”.
¿Cómo que con los recursos presupuestales de los años siguientes? Desde entonces algo olió mal. O estaban los textos mal redactados o se trató de un simple ardid distractivo.
Ya puesto en marcha el proceso, se presenta ahora el problema de la propaganda. La mayoría numérica de Morena estableció en la Constitución y en la ley normas muy restrictivas en materia de promoción y propaganda del proceso revocatorio, tanto para todas las instancias gubernamentales como para los partidos políticos.
Fieles a su costumbre, tanto el Presidente de la República como los gobernadores de Morena y este mismo partido, han venido infringiendo las normas que les prohíben hacer propaganda. Y ahora han enderezado sus baterías contra el INE por las reconvenciones que les viene haciendo, como si éste de sus pistolas hubiera establecido las prohibiciones.
El ánimo de linchar al INE está más que claro. Seguramente se habrá de recrudecer en los próximos días cuando se vea lo relativo a los foros que sobre este tema hace referencia el artículo 35 de la ley, asunto que se abordará en el próximo artículo.
@jagarciavilla