Acciones urgentes para las víctimas de desaparición forzada
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En los próximos días, la SCJN se pronunciará sobre el mecanismo humanitario de la obligatoriedad de las acciones urgentes
Si los sistemas de impartición de justicia en México funcionaran con el principio del deber ser, no existirían motivos para tocar la puerta a organismos internacionales. Sin embargo, en un contexto sistemático de violaciones graves a los derechos humanos, como la desaparición forzada; de corrupción y de impunidad; las familias de las víctimas, los grupos de la sociedad civil y las instituciones, han optado por elevar sus demandas para que se tomen medidas apremiantes de búsqueda y localización de personas.
Ahora está en la cancha de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la decisión sobre la obligación que tienen las autoridades mexicanas, de todos los niveles, de acatar las determinaciones de los organismos internacionales sobre violaciones graves de derechos humanos, en específico las referentes a la desaparición forzada.
Es decir, en los próximos días, la SCJN se pronunciará sobre el mecanismo humanitario de la obligatoriedad de las acciones urgentes, que se sustenta con el artículo 30 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas. Esas acciones urgentes son emitidas por el Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU (CED), cuya competencia fue ratificada por el Estado mexicano para casos individuales.
La discusión de SCJN surge luego de un amparo presentado por la organización civil Idheas Litigio Estratégico en Derechos Humanos, por el caso de desaparición del joven Víctor Álvarez Damián en Veracruz debido a la negativa de un ministerio público de aplicar una acción urgente.
De acuerdo a Idheas, el CED ha emitido 414 acciones urgentes para México -de las cuales la organización ha solicitado 189- y el Estado, representado en instancias de los tres niveles de gobierno, “ha incumplido de forma sistemática”.
Asimismo, Idheas quien también es representante legal de familias afectadas por desaparición forzada, presentó una serie de Amicus Curiae (amigos de la corte) para dar su punto de vista técnico y aportar a la discusión jurídica y pública en torno a las obligaciones del Estado mexicano, con la finalidad de que el fallo de la SCJN tenga una resolución favorable para las víctimas.
En conclusión, lo mínimo que merecen las miles de familias que han emprendido una búsqueda desoladora para encontrar a los suyos en una situación de desaparición forzada, es contar con procesos ágiles de investigación y/o sanción para los responsables. Ojalá y la resolución de la SCJN enmiende, aunque sea poco, las espinosas fallas del Estado.
* Si deseas conocer más sobre los Amicus Curiae presentados por Idheas están disponibles en el micrositio http://idheas.org.mx/especiales/amicus/