ASE vs ICAI: protección de la máxima publicidad

Politicón
/ 5 noviembre 2020

El Tribunal Constitucional de Coahuila resolvió por mayoría un proyecto de sentencia que presenté para resolver la controversia constitucional local que presentó la Auditoria Superior del Estado en contra del Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública.

Una persona con el seudónimo “Pejejito” presentó una solicitud de acceso a la información pública para saber información del caso Ficrea. La ASE emitió su respuesta por medio de la plataforma digital. En virtud de dicha contestación, el solicitante presentó una diversa solicitud para saber “por qué motivo la Auditoría si se dio cuenta de lo de Ficrea en el 2015, ¿lo denunció hasta el 2018?”

El sujeto obligado respondió que la denuncia penal se presentó “en tiempo y forma de conformidad con las disposiciones legales aplicables”, pero el solicitante interpuso un recurso de revisión. El ICAI resolvió en el sentido de “modificar la resolución para efecto de que se fundara y motivara la razón por la cual la denuncia fue presentada en tiempo y forma”.

La ASE acudió al Pleno, en vía de controversia constitucional, para cuestionar la validez de la resolución porque consideró que se violó los principios de legalidad y certeza previstos en la constitución local.

PRECEDENTE RELEVANTE

La sentencia del Tribunal Constitucional Local es importante por cuatro razones:

1. Reconoce, por primera vez, el derecho de las personas anónimas a comparecer en juicio como terceros interesados para defender sus derechos, sin expresar causa ni identidad procesal.

2. Reconoce, en forma categórica, el deber de las autoridades locales de cumplir las decisiones del ICAI, sin poderlas impugnar en forma ordinaria, para favorecer la eficacia de la máxima publicidad.

3. Establece, en forma excepcional, un criterio de trascendencia para examinar el control constitucional de las resoluciones del ICAI cuando afecten una atribución de una autoridad o la violación de un derecho fundamental.

4. Inaugura en el Pleno, por primera vez, la práctica de publicar los proyectos de sentencias para garantizar una mayor deliberación de los asuntos judiciales.

El Presidente del INAI, máximo órgano de la transparencia del Estado mexicano, saludo en forma positiva este precedente. Nuestro Tribunal Constitucional asumió un criterio de máxima publicidad.

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