INE aprueba papeletas para consulta sobre juicio a expresidentes

Nacional
/ 3 junio 2021

El INE aprobó el diseño de la papeleta, la plantilla braile y el sello de la boleta de la consulta popular sobre el juicio a expresidentes, que se realizará el próximo 1 de agosto

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el acuerdo por el que se autoriza el diseño e impresión de la papeleta, la plantilla braile y el sello de la boleta de la consulta popular sobre el juicio a expresidentes, que se realizará el próximo 1 de agosto.

La Comisión de Capacitación y Organización del INE, a cargo del consejero José Roberto Ruiz, autorizó el material para la consulta popular propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador y aprobada por el Senado de la República.

La pregunta que se hará y que fue aprobada por la Suprema Corte de Justicia es:

“¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”.

La intención de la consulta es someter a investigación y, en su caso, proceso judicial a los últimos cinco expresidentes de México.

Dicha consulta popular ha tenido un camino complicado desde su propuesta, diseño de la pregunta y últimamente por la falta de recursos para realizarla.

El 7 de abril pasado, el INE aprobó el plan y el calendario de la consulta popular, y pidió al gobierno federal y a la Cámara de Diputados su acompañamiento en el ejercicio democrático, debido a que no recibió recursos para su aplicación.

El costo del ejercicio es de 890 millones 472 mil pesos para atender las actividades previstas para la consulta popular.

El l INE determinó ad cautelam --por precaución-- que durante el periodo comprendido entre el 15 de julio y el 1 de agosto de 2021, los tiempos oficiales en radio y televisión que le corresponden, así como a las demás autoridades electorales, salvo las de estados que celebren algún proceso de participación, sean utilizados para la promoción de la consulta popular.

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