Invocando causal inexistente, magistrado de caso Sergio Aguayo alega ser “víctima” de expresiones de odio y se excusa
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Recurriendo a una interpretación sui generis del Código de Procedimientos Civiles, Francisco José Huber Olea Contró argumenta verse obligado a excusarse de seguir conociendo el caso debido a expresiones de Sergio Aguayo en su contra. Sin embargo, el Código no prevé tal causal
El magistrado Francisco José Huber Olea Contró, miembro del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y quien proyectó la sentencia que obliga al académico Sergio Aguayo Quezada a pagar 10 millones de pesos al exgobernador coahuilense Humberto Moreira, se excusó de seguir conociendo el caso.
Mediante acuerdo fechado el 13 de febrero y publicado este viernes en el Boletín Judicial, el juzgador afirmó que su excusa se funda en el artículo 171 del Código de Procedimientos Civiles que prevé tal obligación para magistrados o jueces cuando se actualice una causa “análoga” a las 16 que lista el artículo 170 del mismo ordenamiento.
La forma en que se encuentra redactada la excusa sugiere que esta se debe a que Aguayo Quezada habría expresado “su odio” hacia el Magistrado y que ello le obliga a no seguir conociendo del caso. Sin embargo, el Código de Procedimientos Civiles de la CDMX no prevé como causal para excusarse el que alguna de las partes realice expresiones de odio hacia el juzgador.
El artículo 170, numeral V, del ordenamiento señala que “todo magistrado, juez o secretario se tendrá por forzosamente impedido para conocer (un asunto sometido a su estudio o arbitrio)” cuando, entre otras causas, “…ha hecho promesas o amenazas, o ha manifestado de otro modo su odio o afecto por alguno de los litigantes”.
Al formular su excusa, Huber Olea Contró sólo transcribió la expresión “ha manifestado de otro modo su odio” para luego argumentar en el texto que es “un hecho notorio que en medios de comunicación tanto digitales como radiofónicos y televisivos, SERGIO AGUAYO QUEZADA (parte demandada en juicio) ha hecho comentarios que entrañan aversión, rechazo y repugnancia hacia mi persona”.
De acuerdo con el Magistrado, tal hecho actualiza una “causa análoga” a la que prevé el artículo 170 del Código de Procedimientos Civiles y que ello le obliga a excusarse, aunque el texto legal lo que dice es que la excusa procede cuando sea el magistrado, juez o secretario sea quien profiera las expresiones de odio.
Al conocer de la excusa del juzgado, Aguayo Quezada señaló que no retirará la queja que ha interpuesto contra Huber Olea.
“El Magistrado Huber Olea se excusa de ver mi caso. Yo mantengo la queja ante el Consejo de la Judicatura para que opine sobre su conflicto de interés y sobre el razonamiento legal que uso para condenarme a pagar 10 millones a Humberto Moreira”, puntualizó.