Jubilados pueden trabajar en dependencias y tener pensión
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La modificación a la Ley de Pensiones de los Trabajadores de la Educación, en su Art. 62, avala que maestros pensionados puedan seguir laborando sin perder ingreso por antigüedad
Como parte de la reforma a la Ley de Pensiones de los Trabajadores de la Educación, se modificó el artículo 62 y ahora los jubilados y pensionados pueden tener un cargo o comisión en dependencias relacionadas con el ramo, y recibir al mismo tiempo su pensión.
VANGUARDIA publicó el pasado noviembre que Fuerza Magisterial de Coahuila denunció que funcionarios de la Secretaría de Educación, como Julián Montoya y Jesús de la Garza, reciben a la par de su sueldo una pensión por la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación (Dipetre), ya que la ley lo prohibía.
Previo a la modificación, el artículo 62 señalaba que las pensiones eran incompatibles con el desempeño de cualquier cargo, comisión o empleo remunerado, y que de darse el caso, éstas se suspenderían, restituyéndolas hasta que desapareciera dicha incompatibilidad.
Ahora con la reforma, las pensiones sólo serán incompatibles si el cargo o puesto que desempeña es en la misma entidad que concedió la pensión.
“En este supuesto es obligación exclusiva de dicha entidad informar a la Dirección de Pensiones sobre la configuración de la incompatibilidad”, señala el artículo 62.
Y añade que “no existirá incompatibilidad por el desempeño de cualquier cargo, comisión o empleo remunerado, sujetos a una seguridad social distinta a la de esta Dirección de Pensiones”.
Hasta antes de la reforma, el artículo generalizaba el cargo, comisión o empleo; sin embargo, con las modificaciones propuestas por el exgobernador Rubén Moreira, se especifica que las pensiones solamente serán incompatibles si el cargo o puesto que se desempeña es de la misma entidad que concedió la pensión. “[…] cuando se desempeñe cualquier cargo, comisión o empleo remunerado, en la misma entidad aportante que concedió la pensión. En este supuesto es obligación exclusiva de dicha entidad informar a la Dirección de Pensiones sobre la configuración de la incompatibilidad”, señala el apartado de la legislación aprobada. Y añade que “No existirá incompatibilidad por el desempeño de cualquier cargo, comisión o empleo remunerado, sujetos a una seguridad social distinta a la de esta Dirección de Pensiones”. En noviembre, la profesora Patricia Nieto, integrante de la Coalición de los Trabajadores de la Educación, declaró que Montoya y De la Garza Long no son los únicos pensionados que tienen un puesto en la Secretaría y que, además, reciben una pensión por parte de la Dipetre, pues esta situación se ha presentado desde hace varios años. En aquélla ocasión, Nieto aseguró que quienes cobran su pensión y además el salario, comúnmente son maestros allegados o familiares que ocupan un cargo en la secretaría, quienes les otorgan alguna comisión dentro de la misma, pese a que la ley lo prohíbe. “Durante mucho tiempo hemos dicho que eso contribuye a desfondar las pensiones porque si una persona tiene un salario, no requiere la pensión, entonces está saliendo una pensión innecesaria. El objeto de las pensiones es para que las personas vivan decorosamente cuando ya no pueden trabajar. En este caso, si hay personas que pueden trabajar, ¿por qué pagarles la pensión?”, expuso. La profesora señaló el caso de la maestra Thelma de la Fuente, a quien el entonces gobernador, Rogelio Montemayor, nombró directora de la Benemérita Escuela Normal de Coahuila en 1993, justo después de haberse jubilado. “Hubo mucha polémica porque ella se acababa de jubilar y dijeron que no podía estar cobrando el sueldo de directora y la pensión. A ella le suspendieron la pensión”, recordó la profesora.