27 infractores han evitado la multa y el arresto a cambio de trabajo comunitario en Saltillo
Al momento, 27 personas que cometieron faltas administrativas se han acogido a la posibilidad de conmutar el arresto en la cárcel y la multa, a cambio de someterse a actividades reeducativas y tratamientos de salud mental, con el apoyo del DIF-Municipal de Saltillo, el Centro de Integración Juvenil y los servicios de la Jurisdicción Sanitaria de la Secretaría de Salud.
Las nuevas disposiciones del Reglamento del Bando de Policía y Buen Gobierno han sido bien aceptadas por los saltillenses, informó Carlos Estrada Flores, secretario del Ayuntamiento, al señalar que la conmutación de penas inició hace dos semanas.
“No solamente son para aquellas personas que tienen alguna situación de desventaja en cuanto a su capacidad económica, sino también para aquellas que, aun teniendo la posibilidad de pagar una multa, el juez cívico determina, atendiendo a la situación del infractor, inclusive a su reincidencia, que se aplique una medida terapéutica o reeducativa, con el propósito de formar ciudadanos dentro del marco de la cultura de la legalidad”.
“La medida terapéutica es a través del CIJ, con el auxilio y acompañamiento de psicólogos para ver qué es lo que está sucediendo con una persona que pudiera estar llegando en varias ocasiones a reincidir en la misma conducta, como pueden ser en los operativos anti-alcohol”.
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Las tareas reeducativas son las relacionadas con el trabajo comunitario, para lo cual se remiten al DIF o a la Dirección de Medio Ambiente, por ejemplo, donde les asignan tareas de beneficio colectivo, como limpieza de parques y labores de pintura.
También, dependiendo de su preparación académica y experiencia en alguna materia profesional, pueden evitar la multa y la cárcel, si comparten sus conocimientos en alguna institución educativa, manifestó.
El Código Municipal establece que si la sanción es multa y el infractor carece de recursos para cubrirla, lo podrá conmutar por trabajo a favor de la comunidad, pero si no paga o se niega a realizar trabajo comunitario, aplicará el arresto hasta por 36 horas.
Como trabajo a favor de la comunidad se entiende la limpieza, pintura o restauración de centros públicos educativos, de salud y de servicios, o de los bienes dañados por el infractor o semejantes a los mismos; realizar obras de ornato en lugares de uso común; obras de señalización, limpia y reforestación.
Asimismo, la impartición de pláticas a vecinos estudiantes de la comunidad donde se cometió la infracción, relacionadas con la convivencia ciudadana o la realización de actividades relacionadas con la profesión, oficio u ocupación del infractor.