Entre albañiles, almacenistas y obreros, los que más se lesionan
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Lesiones graves y defunciones por riesgos de trabajo ocurren con mayor frecuencia en hombres que en mujeres
La actividad física, por lógica es la que más expone a una lesión al que la realiza, que el que se dedica a oficios más tranquilos.
De ahí que las instituciones de salud reciban para su atención un mayor números de empleados de la construcción, obreros, almacenistas, entre otros trabajadores.
Heridas en muñeca y mano, luxaciones o esguinces, torceduras de articulaciones y ligamentos de cuello, tobillo y pie, son las lesiones más frecuentes en los accidentes laborales. El IMSS registró que les ocurrieron a más mujeres que hombres.
Lesiones más graves como fracturas en mano o muñeca, amputaciones de mano o muñeca, y fracturas de pierna o tobillo, son las causas de atenciones más especializadas y de acuerdo a la institución de salud, es a los hombres a quienes más les ocurre.
Datos abiertos del Instituto Mexicano del Seguro Social, actualizados al 2021, revelan que en ese año Coahuila sumó 11 mil 148 accidentes de trabajo que generaron mil 80 incapacidades permanentes y 396 defunciones.
Y esas cifras dan cuenta de que la industria de la construcción, las tiendas de autoservicio, así como los establecimientos de compra venta de alimentos, bebidas y productos del trabajo son los sitios de mayor riesgo para laborar.
Se considera accidente de trabajo toda lesión de órganos o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste.
El rango de edad de los trabajadores que mayor número de accidentes sufrieron fue de 25 a 34 años; mientras que el grupo de personas entre los 45 y 54 años de edad fueron los que más incapacidades por accidentes laborales obtuvieron. El mayor número de decesos ocurrió entre las personas de 49 a 54 años de edad.
DE QUÉ SE MUEREN
La principal causa de defunción tras un accidente de trabajo en la entidad es el traumatismo craneoencefálico, y ocurre con mayor frecuencia en hombres.
De acuerdo con la información estadística acumulada de actividades económicas con mayor número de accidentes y enfermedades de trabajo del IMSS, en 2021, Coahuila censó 34 mil 913 empresas con 791 mil 861 trabajadores bajo riesgo laboral.
El artículo 504 de la Ley Federal del Trabajo establece obligaciones especiales que deben afrontar los patrones. La primera es mantener en el centro de trabajo medicamentos y material de curación necesarios para brindar primeros auxilios. También es su obligación capacitar al personal para que pueda brindarles.
En caso de que el accidente laboral requiera atención médica urgente y la empresa, por su tamaño, no cuente con enfermería ni hospital, el patrón debe optar por llamar a los servicios de emergencia para que envíen una ambulancia al centro de trabajo.
También puede trasladar por cuenta propia al trabajador hasta un centro de salud cercano para que reciba la atención que necesita. En cualquier caso, se debe dejar constancia de que el colaborador ha sufrido un accidente laboral.
CON UN REPORTE OFICIAL
La Ley Federal Mexicana refiere que se debe notificar por escrito o por medios electrónicos a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, al inspector del trabajo y al tribunal laboral, dentro de las 72 horas siguientes al accidente.
Si el accidente de trabajo ocasiona la muerte al trabajador se debe dar aviso por escrito a las autoridades mencionadas. En esta notificación se incluirán todos los datos previos, sumando, también, el nombre y domicilio de las personas que pudieran tener derecho a la indemnización correspondiente por el fallecimiento del colaborador.