Proponen incluir foto de deudor alimentario en Registro Estatal de Coahuila
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Además, que quien incumpla con el pago de la pensión deposite tres meses por adelantado si pretende salir del País
El PVEM propone incorporar la foto del deudor alimentario en la inscripción y constancia del Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos y que se presente la constancia de no inscripción en el Registro, para realizar trámites oficiales.
La diputada Claudia Elvira Rodríguez Márquez también plantea prohibir que salgan del País los deudores alimentarios morosos, adicionando el Artículo 311 TER en la Ley para la Familia.
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El derecho a los alimentos no solo tiene como propósito satisfacer las necesidades alimenticias de las personas, sino que involucra proporcionar lo necesario para la salud, la vivienda y el vestido.
En el caso de los niños, este derecho incluye otorgar lo necesario para que alcancen determinado nivel de educación y sano esparcimiento para su desarrollo, explicó.
El Artículo 4 Constitucional prevé la obligación de los ascendientes de preservar y exigir el cumplimiento de los derechos de sus descendientes que sean niñas, niños y adolescentes, con la obligación de protegerlos y resguardarlos de algún daño o peligro.
Sin embargo, el Instituto Nacional de Estadística y Geografia señala que en México 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia, mientras que el 67.5 por ciento de las madres solteras tiene que convivir con la insolvencia económica de sus exparejas.
El Artículo 308 del Código Civil Federal refiere que el padre y la madre tienen la obligación de brindar alimentos a los hijos, lo que comprende la comida, vestuario, vivienda, atención médica adecuada y educación. La pensión debe corresponder al 15 por ciento del ingreso del padre, como mínimo, y se duplicará por cada hijo.
“En Coahuila, el Tribunal Superior de Justicia indica que el padrón de deudores alimentarios cuenta con 170 personas registradas, de las cuales aproximadamente 20 son mujeres”, dijo Rodríguez Márquez.
“Es importante que el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos concentre los datos generales más importantes del deudor, por lo cual se añade una fracción al Artículo 310 y 311 para establecer como requisito, tanto en la inscripción como en la constancia de no inscripción, agregar la fotografía del de deudor, con el fin de fortalecer y tener una más rápida identificación y asociación de la persona”, propuso.
Además, presentar la constancia de no inscripción para determinados trámites, como obtención de licencias y permisos de conducir, el trámite del pasaporte o documento de identidad, para candidaturas a puestos de elección popular, ser proveedores de los tres órdenes de gobierno y para la compra-venta de bienes inmuebles, la constitución de derechos reales que se realicen ante notario público y para contraer matrimonio.
Para salir del País, por motivo de trabajo u otra razón, el deudor deberá ofrecer un depósito a partir de los tres meses o entregar otra garantía de pago de la pensión.