No podrán disputar la herencia hijos que abandonen a sus padres

Saltillo
/ 29 octubre 2020

El artículo 212 del Código Penal impone una pena de tres a seis meses de prisión “a quien abandone en una institución o ante cualquier otra persona, que no hayan aceptado el cuidado, a una persona incapaz de valerse por sí misma”

Ayer se presentó una propuesta para que aquellos hijos que maltraten o abandonen a sus padres en Coahuila, no tendrán derecho a recibir herencia.

Mediante una reforma al Código Penal de Coahuila, la iniciativa propone incorporar como parte de las sanciones especiales de los delitos de “abandono de incapaz” y “abandono en institución o ante otra persona”; la pérdida de los derechos hereditarios.

Esta medida, presentada ante el pleno por Andrés Loya, también aplicará para cónyuges y padres que maltraten o abandonen a sus familiares, considerada a través de la reforma el cuarto párrafo del artículo 211 y el segundo párrafo del artículo 212 del Código Penal.

Debido a la vulnerabilidad a la que se enfrentan las personas adultas mayores que son abandonadas, ya sea en asilos, hospitales o peor aún, en las calles por sus hijos, nietos o su cónyuge, se les privará de la patria potestad o de la tutela, de los derechos de acreedor alimentario y de los derechos a adquirir por testamento, según la iniciativa.

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