Pide diputado ampliar horario de consumo de alcohol en fiestas privadas en Coahuila

Saltillo
/ 17 diciembre 2018

Juan Carlos Guerra, diputado local del PAN, presentó una iniciativa de reforma al artículo 17 de la Ley para la Regulación de la Venta y Consumo de Alcohol en el Estado

El Congreso del Estado evaluará la posibilidad de ampliar el horario de consumo de alcohol en fiesta privadas como bodas, graduaciones y bautizos hasta las 04:00 horas, con la expedición previa de un permiso especial de los Ayuntamientos. La propuesta se justifica en que las restricciones actuales llevan a la fuga de ese tipo de eventos a otros estados.

Juan Carlos Guerra, diputado local del PAN, presentó una iniciativa de reforma al artículo 17 de la Ley para la Regulación de la Venta y Consumo de Alcohol en el Estado, para que en eventos privados en los que se contrata un salón de eventos, los anfitriones puedan solicitar un permiso para extender el horario de consumo de alcohol hasta las 06:00 horas.

“No es con la finalidad de ayudar al consumo de alcohol, sino evitar la fuga de eventos a otros estados. Por las restricciones de horario hasta las 02:00 horas, hay gente que prefiere irse a Monterrey, Cancún, Guanajuato. Tiene un impacto económico directo en los salones de eventos, pero también en hotelería, restaurantes y otros comercios”, dijo.

De aprobarse la reforma, los anfitriones de eventos privados como bodas, bautizos o graduaciones, podrán solicitar un permiso especial al estado o los municipios para extender por cuatro horas adicionales al límite actual el consumo de alcohol dentro del establecimiento alquilado.

“Además queda a disposición de un cumplimento de los municipios, que los salones de eventos tengan seguridad adicional, que pongan transporte para los invitados, va en el marco no contra las leyes de salud, sino contra el tema económico de los eventos que se van a otros estados que sí disfrutan de las leyes”, explicó.

“Los Ayuntamientos podrán autorizar la ampliación del horario hasta por cuatro horas más del permitido por esta ley, para los establecimientos contratados para festejos privados, en los cuales los invitados no pagan la entrada ni consumo, en los que se podrá expender o consumir bebidas alcohólicas,   la autorización de la ampliación de horario deberá ser  mediante el permiso que emita el Ayuntamiento, por conducto de la Dirección responsable”, se propone agregar al artículo 17 del citado ordenamiento.

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