SAT da prórroga para habilitar el Buzón Tributario

Coahuila
/ 30 diciembre 2024

La fecha límite será el 31 de diciembre de 2025

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2025 para que los contribuyentes habiliten el Buzón Tributario, una herramienta indispensable para la comunicación fiscal. Incumplir con esta obligación después de la fecha límite será motivo de infracción.

Las multas por no activarlo pueden ir de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos, según lo establece el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 86-C y 86-D.

La decisión responde a que numerosos contribuyentes desconocían cómo activar este canal de comunicación, cuya fecha original de vencimiento era el 31 de diciembre de 2024. Desde 2020, el SAT estableció como obligatorio el uso del Buzón Tributario, con excepción de ciertos casos específicos:

> Personas físicas y morales registradas como canceladas o suspendidas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

> Personas físicas sin obligaciones fiscales ni actividad económica.

> Contribuyentes asalariados o asimilados a salarios con ingresos menores a 400 mil pesos en el ejercicio inmediato anterior.

BENEFICIOS DEL BUZÓN TRIBUTARIO

El Buzón Tributario es un portal personalizado que busca facilitar la interacción entre los contribuyentes y el SAT. Entre sus ventajas destacan:

1.- Notificaciones electrónicas accesibles en cualquier momento y lugar con conexión a internet.

2.- Información oportuna sobre requerimientos, resoluciones y trámites fiscales.

3.- Acceso a beneficios, programas fiscales y orientación para cumplir con las obligaciones tributarias.

4.- Mayor certeza jurídica en los actos administrativos y en las operaciones realizadas.

5.- Ahorro en tiempo y recursos gracias a su eficiencia digital.Cómo habilitar el Buzón Tributario.

¿CÓMO ACTIVARLO?

Para activar esta herramienta, los contribuyentes deben seguir estos pasos:

- Ingresar al portal del SAT (sat.gob.mx).

- Seleccionar la opción “Buzón Tributario” e iniciar sesión con RFC y contraseña o e.firma vigente.

- Acceder a la sección “Configuración” y registrar un correo electrónico y un número de celular como medios de contacto.

- Confirmar los datos dentro de las 72 horas siguientes mediante un enlace enviado al correo electrónico y un código SMS enviado al celular.

El SAT recuerda a los contribuyentes la importancia de mantener actualizados sus medios de contacto para evitar contratiempos en la recepción de notificaciones y en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Con esta ampliación del plazo, el organismo busca garantizar que todos los contribuyentes dispongan del tiempo necesario para cumplir con este requisito y aprovechar las ventajas de un sistema ágil, seguro y eficiente.

COMENTARIOS

NUESTRO CONTENIDO PREMIUM