Revelará SAT nombres de favorecidos con cancelación de créditos fiscales

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Dinero
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    El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos precisó que los datos corresponden a 2007, respecto de 679 mil 32 personas físicas y morales.

    Ciudad de México.- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos ordenó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) entregar los nombres de las 679 mil 35 personas físicas y morales beneficiadas dentro del proceso de cancelación masiva de créditos fiscales en 2007 y que alcanzó un monto total de 73 mil 960 millones de pesos.

    Por mayoría de votos, el pleno del IFAI resolvió lo anterior con base en el criterio establecido con anterioridad en los recursos de revisión 6030/09, 3880/10 y 7806/10, en los que aprobó instruir a la dependencia a hacer públicos los nombres de las personas físicas y morales que obtuvieron ese beneficio.

    La información deberá ser entregada a una particular que, además, pidió la lista final de asuntos cancelados, con las siguientes precisiones: nombre de las personas físicas y morales a quienes se cancelaron los créditos; número de crédito; motivos de generación del crédito fiscal; motivos de cancelación de los créditos fiscales y monto del crédito.

    El SAT había notificado a la solicitante que en la página www.sat.gob.mx podía consultar el rubro "Cancelación masiva de créditos fiscales 2007", en donde se encuentra el monto de cada uno de los créditos que, al 30 de noviembre de 2010, continúan en estatus de cancelados; los créditos cancelados por la imposibilidad práctica de cobro; los créditos cancelados por incosteabilidad, y los documentos intitulados "Preguntas y respuestas del proceso de cancelación" y "Conciliación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)".

    Respecto a los nombres de las personas, el SAT había manifestado que esta información se encontraba reservada por 12 años, pues afectaría la protección de datos y el secreto fiscal, que está obligado a tutelar.

    La particular se inconformó y presentó recurso de revisión ante el IFAI, el cual fue turnado y analizado por la ponencia de la comisionada Sigrid Artz.

    La comisionada presentó un proyecto de resolución con base en el criterio adoptado por la mayoría del pleno en la resolución de los recursos arriba citados; sin embargo, aclaró que el voto disidente emitido por ella en esos tres casos, lo mantenía en éste.

    Dicho criterio establece que el interés público prevalece, en este caso, sobre la reserva por secreto fiscal de los nombres de las personas beneficiadas con la cancelación de créditos fiscales.

    La comisionada presidenta del IFAI, Jacqueline Peschard, propuso fortalecer la resolución con la inclusión en el expediente de la sentencia emitida por la juez Paula García Villegas, en el expediente 1767/2010 relacionado con un amparo promovido por una particular que requirió los nombres de las personas a las que les fueron cancelados créditos fiscales.

    Al respecto, citó parte de la sentencia de la juez: "La interpretación del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación debe ser en sentido de que el secreto fiscal se refiere a datos personales, patrimoniales, de ingresos y deducciones relativas a las declaraciones de impuestos de los contribuyentes (.); mas no a aquella información que tenga que ver con las cancelaciones de créditos, pues al corresponder con las contribuciones que deja de recibir el erario, ésta debe de ser del conocimiento público.

    "La información referente a cancelación de créditos fiscales no puede clasificarse como secreto fiscal, porque el dar a conocer nombres, cantidades y motivos, no perjudica el interés público. La ciudadanía está interesada en que en el manejo de los recursos públicos exista la mayor transparencia posible para verificar que su aplicación se haga a favor de la sociedad y no para beneficiar un individuo o grupo en particular".

    Por su parte, el comisionado Angel Trinidad expuso que la misma juez llegó a la conclusión de que "las autoridades deberán interpretar el artículo 69 (del CFF) conforme a la Constitución, lo que significa que deberán proporcionar la información solicitada, misma que es necesario difundir para evitar la mínima suspicacia de los gobernados.".

    Trinidad comentó que, de acuerdo con la información que ha hecho pública el propio SAT, en el proceso en cuestión se cancelaron 8 mil 843 créditos, de 1 a 5 millones de pesos; mil 729, de 5 a 25 millones de pesos; 166, de 25 a 100 millones, y 15, de 100 a 500 millones de pesos.

    "El dato es así de genérico, así de impreciso. No sabemos de estos 15 créditos cancelados; 14 son por 499 millones y uno, por 100. ¿O cuántos son de 100 y cuántos de 500 millones?", preguntó.

    El comisionado comentó, además, que la Suprema Corte de Costa Rica dictó una sentencia por un asunto idéntico a este caso, en la que dispuso que la información pretendida por el recurrente, en cuanto al nombre de las personas y empresas declaradas como incobrables, la fecha en que inicia la morosidad, la fecha de declaratoria de incobrabilidad, la cantidad de dinero incobrable, el motivo de la declaratoria y tipo de tributo, es decir, todo lo solicitado, reviste un evidente interés público, por lo que resulta inaceptable que la autoridad recurrida se niegue a suministrarla.

    El asunto fue aprobado por mayoría del pleno, con los votos disidentes de la comisionada Sigrid Arzt y del comisionado Gerardo Laveaga.

    Milenio Diario, conocido también como Milenio Noticias, es un periódico mexicano. Se fundó en la ciudad de Monterrey, capital del estado de Nuevo León. El medio cubre los hechos noticiosos más relevantes de CDMX, Monterey, Jalisco, Estado de México, Laguna, Tamaulipas, Puebla, León e Hidalgo.

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