SCJN atrae caso de Telmex para incursionar en TV
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La empresa de telefonía subraya que la Comisión Federal de Telecomunicaciones omitió calcular los costos en los que incurriría la empresa
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación será la que determine si por la vía legal de la Afirmativa Ficta, Telmex puede o no incursionar en el mercado de televisión de paga luego de que el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa consideró que la emisión de tal fallo está fuera de sus facultades.
Abogados del sector, como en el caso de Irene Levy, Presidenta de Observatel, estimaron que la determinación de la SCJN en cuanto a la atracción del caso se podría dar hasta agosto, dado que se atraviesan la vacaciones del máximo tribunal y que su fallo se podría emitir hasta diciembre o enero; además de que es la Procuraduría General de Justicia la que la solicitado la atracción del caso por la SCJN, lo que implica que se dejará su resolución, por la vía legal, hasta el próximo sexenio.
En el caso de que la SCJN emitiera un fallo favorable a la empresa las autoridades, en su caso la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) tendría que indicar el cómo y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la contraprestación correspondiente. Â
Lo anterior se vincula con el hecho de que Telmex rechazó su adhesión al Convenio Marco de Interconexión debido a que no es un documento que forme parte del Acuerdo de Convergencia; Â que va en contra de lo que establece el título de concesión de esa telefónica; que la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) excedió sus facultades y que son erróneas las estimaciones de la autoridad en el factor costo - beneficio en cuanto a que mediante el convenio se arrojarán ahorros por mil 536 millones de pesos para la industria cuando en realidad representarán "inversiones ociosas" para Telmex - Telnor por alrededor de mil 200 millones de pesos.
Tal postura de Telmex y Telnor fue manifestada por Francisco Javier Islas Mancera, Apoderado General para Pleitos y Cobranzas y Actos de Administración de esas compañías en una opinión enviada a la Cofemer dentro del proceso de consulta pública al que está sometido el Convenio Marco de Interconexión (CMIX) por parte de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).
Según la Cofetel, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), así como la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) el Convenio Marco de Interconexión (CMI) aprobado el órgano regulador de la radio y la televisión y, en parte, de las telecomunicaciones el convenio es uno de los requisitos que Telmex debe cumplir para que se autorice la modificación a su título de concesión y, de esa forma, sea eliminada la restricción quela empresa tiene para participar en el mercado de televisión restringida.
Empero, Telmex y Telnor consideran que los que consiga el anteproyecto del convenio "es ajeno y totalmente nuevo al apartarse de los establecido en el Acuerdo Quinto del Acuerdo de Convergencia"; que mediante ese convenio se establece obligaciones novedosas a cargo de estas empresas; que va en contra de sus títulos de concesión y que la Cofetel excede sus facultades.
"La Cofetel materialmente deroga el artículo 42 de la Ley Federal de Telecomunicaciones al eliminar el principio de libertad contractual de las partes.", indicó.
Además de que tal autoridad soslayó los convenios de interconexión registrados ante la Cofetel, independientemente de que "al hacer obligatoria la interconexión  en IP en diez ciudades del país, se tienen que hacer inversiones ociosas adicionales por parte de Telmex y Telnor".