Los alimentos que tendrán IVA a partir de Julio

Dinero
/ 25 junio 2015

El SAT argumentó que estos productos pagarán IVA debido a que entran en su definición de alimentos preparados y por ello el 16 por ciento del impuesto es aplicable.

MÉXICO, D.F.- Desde el próximo 1 de julio los alimentos como pizzas, burritos, tamales, tortas, hot dogs, entre otros, que se venden en las denominadas tiendas de conveniencia o de autoservicio pagarán el 16% correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) por disposición del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo a la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, el SAT argumentó que estos productos pagarán IVA debido a que entran en su definición de alimentos preparados y por ello el 16 por ciento del impuesto es aplicable.

Se consideran alimentos preparados los que resulten de la combinación de aquellos productos que por sí solos y por su destino ordinarios, pueden ser consumidos sin necesidad de someterse a otro proceso de elaboración adicional, establece el documento.

Así los establecimientos de conveniencia y los mini súpers, o cualquiera bajo la modalidad de autoservicio, deberán aplicar la medida sin importar si los alimentos se consumen dentro de sus establecimientos o se les empaqueta para llevar.

Lista de alimentos que quedarán gravados con el impuesto en estos locales:

Sándwiches, Tortas (incluye Chapatas y Baguettes), Gorditas, Quesadillas, Tacos, Flautas, Sincronizadas, Burritos, Croissants, Empanadas, Pizzas, Perritos calientes (hot dogs), Hot Cakes, Alitas, Molletes, Hamburguesas, Bocadillos, Sushi, Tamales, Sopas instantáneas y Nachos.

Desde hace más de 15 años, alimentos preparados tienen IVA: SAT

Todos los alimentos preparados como sándwiches, burritos, tacos, flautas, sincronizadas, gringas, pizzas o hot dogs, que se venden en tiendas como Oxxo o 7-Eleven tienen la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) desde hace más de 15 años, aclaró el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Qué es lo que se hizo por parte del SAT, se publica una regla que permite aclarar que todas aquellas ventas de productos preparados para su consumo en el lugar, para llevar o para entrega a domicilio tienen que ser gravados al 16% porque eso dice la ley y, ahí hago una precisión, la ley lo dice de por lo menos desde hace más de 15 años.


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