Alexo Cabrera y la sentencia de muerte en Saltillo que prohibía bajar su cadáver de la horca
En 1794, Alexo Cabrera fue condenado a la horca en Saltillo por asesinar a una niña indígena. La sentencia prohibía retirar su cadáver, pero ¿qué ocurrió finalmente con el condenado?
En el Saltillo de finales del siglo XVIII, la muerte no necesariamente ponía fin a una condena. Un hombre podía ser llevado a la horca, morir frente a los habitantes de la villa y permanecer colgado hasta que la autoridad dispusiera lo contrario. Nadie tenía derecho a retirar su cuerpo, ni siquiera después de que hubiera dejado de respirar. Esa fue la sentencia pronunciada contra Alexo Cabrera en 1794, por el asesinato de una niña indígena que lo descubrió mientras robaba una casa.
Los hechos comenzaron la mañana del 12 de septiembre de 1792, en el centro de la antigua Villa de Santiago del Saltillo. Cabrera, identificado como español en la reconstrucción histórica del caso, entró a la vivienda de María Lugarda de la Encarnación con la intención de llevarse algunas pertenencias.
La casa estaba cerca del callejón de Las Carretas, una de las antiguas vías de la población. El hombre creyó que podía registrar la vivienda sin ser descubierto. Reunió varias prendas y buscó otros objetos antes de intentar escapar por una barda que comunicaba con el callejón.
Fue entonces cuando se encontró con María Guadalupe, una niña de aproximadamente siete años, nieta de la propietaria y originaria del pueblo de San Esteban de la Nueva Tlaxcala.
Al advertir el robo, la pequeña comenzó a gritar para pedir ayuda. Cabrera intentó silenciarla. Primero la golpeó hasta derribarla y después le colocó una faja alrededor del cuello, apretándola hasta provocarle la muerte.
La reconstrucción del caso, publicada por el Archivo Municipal de Saltillo, conserva una expresión atribuida al expediente judicial: el agresor utilizó una faja que le ató al cuello «con el fin de que no diera voces».
María Lugarda se encontraba en una vivienda cercana. Cuando llegó a su casa encontró a la niña tendida en el suelo. Le retiró la faja y la cargó para llevarla con el médico de la villa, pero ya había muerto.
La muerte de María Guadalupe dio inicio a una investigación que terminaría involucrando a las autoridades locales y a uno de los tribunales más importantes del virreinato.
El alcalde José de Santibáñez y Zeballos ordenó buscar al responsable. Los encargados de detenerlo recorrieron viviendas, solares y establecimientos de la villa, mientras recogían información sobre la dirección que había tomado el fugitivo.
Las pistas condujeron hacia el sur, por el camino que llevaba al poblado de Buenavista. A unos kilómetros de Saltillo, las autoridades encontraron a Cabrera en una vivienda donde estaba acompañado por dos mujeres, las hermanas Juana María y María de la Luz Urbina.
De acuerdo con la narración histórica, las mujeres tenían consigo algunas de las prendas robadas. Cabrera fue detenido y ellas también quedaron a disposición de las autoridades para esclarecer su participación en los hechos.
Una sentencia que llegó desde Guadalajara
La investigación reunió las declaraciones de los involucrados, el reconocimiento del cadáver y el certificado médico. Cabrera terminó confesando el crimen, según la documentación recuperada por el Archivo Municipal.
Sin embargo, el asunto no se resolvió de inmediato en Saltillo.
El alcalde remitió las diligencias a la Real Audiencia de Nueva Galicia, establecida en Guadalajara, a la que correspondía intervenir en la resolución judicial. Durante los siguientes meses, Cabrera permaneció encarcelado mientras se determinaba la pena que recibiría.
La sentencia se conoció el 1 de marzo de 1794, casi un año y medio después del asesinato.
El tribunal había decidido condenarlo a muerte por ahorcamiento. Pero el castigo contemplaba mucho más que la ejecución.
Cabrera debía salir de prisión arrastrado a la cola de una bestia de carga, con una soga de esparto alrededor del cuello. El recorrido tenía que realizarse públicamente, acompañado por una trompeta y un pregonero encargado de anunciar sus delitos ante quienes presenciaran el traslado.
La intención era que la condena pudiera ser vista y escuchada. El castigo no quedaba limitado al interior de una cárcel ni al conocimiento de los funcionarios. Debía hacerse visible en las calles, mediante un recorrido que exponía al sentenciado ante la población.
La resolución ordenaba conducirlo hasta el lugar donde se encontraba la horca y colgarlo del cuello hasta que muriera de manera natural por efecto de la suspensión.
Después venía una disposición particular: ninguna persona podía retirar el cadáver sin autorización expresa del tribunal.
La orden extendía el control de la justicia sobre el condenado más allá de su muerte. El cuerpo no quedaba automáticamente a disposición de sus familiares ni de quienes quisieran darle sepultura. Su retiro dependía de una nueva decisión de la autoridad.
Esto no significa que la sentencia exigiera mantenerlo colgado para siempre. La prohibición consistía en impedir que alguien lo bajara por iniciativa propia. El momento de retirar el cuerpo quedaba reservado al tribunal.
Las mujeres que escaparon durante la feria
Mientras se desarrollaba el proceso, las hermanas Urbina también habían quedado sujetas a medidas de vigilancia.
Juana María y María de la Luz fueron depositadas en viviendas de funcionarios de Saltillo, donde permanecían con grillos en los tobillos.
Una se encontraba en la casa del teniente de justicia Theodoro Carrillo y la otra en la del regidor Juan Landín. Aunque no estaban recluidas en la misma prisión que Cabrera, su libertad de movimiento estaba restringida.
La situación cambió cuando se conoció la sentencia de muerte.
Las dos mujeres escaparon de las casas donde permanecían vigiladas. Al descubrir su ausencia, el alcalde José de Santibáñez ordenó buscarlas entre los habitantes de la villa y del pueblo de San Esteban.
Sin embargo, la búsqueda coincidió con los días de feria, cuando llegaban numerosos visitantes y comerciantes. La presencia de personas procedentes de otros lugares dificultó que las autoridades pudieran encontrarlas.
El documento citado por el historiador Iván Vartan Muñoz Cotera señala que, debido a la concurrencia de gente durante aquellas fechas, no fue posible localizar a las fugitivas dentro de la jurisdicción.
El relato también sostiene que Cabrera se enteró de la fuga de las hermanas y quedó afectado por la desaparición de una de ellas, con quien mantenía una relación.
Según esa reconstrucción, durante varios días pidió desde la prisión que se cumpliera cuanto antes su sentencia.
Ese es el último momento de su historia que permite recuperar la publicación consultada.
La ejecución que no ha podido comprobarse
Aunque la condena contra Alexo Cabrera está documentada, las fuentes disponibles no permiten establecer si finalmente fue ejecutado.
El expediente citado por el Archivo Municipal de Saltillo corresponde a una copia de la sentencia de muerte, fechada el 1 de marzo de 1794. La referencia se encuentra en el fondo Presidencia Municipal, caja 46, expediente 34, integrado por seis fojas.
El caso también aparece en el libro Los niños en el Saltillo antiguo, publicado en 2016 por Iván Vartan Muñoz Cotera, dentro del capítulo titulado Ojo por ojo (la sentencia).
La obra reconstruye el robo, el asesinato de María Guadalupe, la captura del acusado, el proceso judicial y las condiciones de su condena. Sin embargo, termina cuando Cabrera todavía se encuentra encarcelado y solicita que se ejecute la pena.
No ofrece una fecha de ahorcamiento ni describe el cumplimiento efectivo de la sentencia. Tampoco identifica el sitio exacto donde se encontraba la horca ni menciona una diligencia posterior que confirmara el fallecimiento del condenado.
Por esa razón, no es posible asegurar que Cabrera haya muerto ahorcado ni que su cuerpo permaneciera expuesto ante los habitantes de Saltillo.
Lo que sí puede afirmarse es que la Real Audiencia dictó una condena que contemplaba ambas disposiciones: la muerte por suspensión y la prohibición de retirar el cadáver sin autorización.
La diferencia es importante para reconstruir los hechos. Una sentencia permite conocer lo que las autoridades ordenaron; un registro de ejecución permitiría establecer lo que efectivamente sucedió.
En este caso, la documentación conocida acredita lo primero, pero todavía deja pendiente lo segundo.
La justicia sobre los cuerpos
La historia de Alexo Cabrera permite observar algunas prácticas de la justicia colonial en Saltillo.
El asesinato de María Guadalupe ocurrió en una población donde la Villa de Santiago del Saltillo y el pueblo de San Esteban de la Nueva Tlaxcala mantenían instituciones y jurisdicciones diferenciadas. La víctima pertenecía a la población indígena tlaxcalteca, mientras que el acusado era identificado como español.
El caso pasó de las autoridades locales a un tribunal superior en Guadalajara. La resolución tardó alrededor de dieciocho meses y estableció un castigo que debía cumplirse públicamente.
La presencia del pregonero, la trompeta, el traslado humillante y la horca formaban parte de una justicia que también utilizaba el espacio público para comunicar sus decisiones. No bastaba con imponer una pena: debía conocerse quién había sido condenado, por qué motivo y cuál era la consecuencia de sus actos.
La sentencia también muestra que la autoridad podía disponer sobre el cuerpo de una persona después de muerta. Incluso cuando la vida del condenado había terminado, sus restos continuaban sujetos a una decisión judicial.
Dos siglos después, el desenlace de Alexo Cabrera sigue sin estar completamente esclarecido. No se conoce una constancia que confirme su muerte en la horca ni una orden posterior para retirar sus restos.
Lo que permanece es la sentencia del 1 de marzo de 1794. En ella, las autoridades establecieron cómo debía morir el hombre acusado de asesinar a María Guadalupe y quién tendría derecho a disponer de su cadáver.
En el Saltillo de finales del siglo XVIII, la justicia podía prolongarse más allá de la muerte. En el caso de Alexo Cabrera, no sabemos si llegó a cumplirse aquella condena. Pero la orden quedó escrita: si terminaba colgado de la horca, nadie podría bajarlo sin permiso.