¡Aguas con las deudas!... ¿Qué pasa si no pagas una en México?, esto dice la ley
¿Puedes ir a la cárcel por no pagar una deuda en México? Conoce lo que dice la ley, las excepciones y cómo actúan las instituciones cuando un crédito no es cubierto.
En México, millones de personas viven con deudas que parecen impagables, lo que genera miedo y ansiedad ante posibles represalias legales.
Pero, ¿realmente puedes ir a prisión por no cubrir un crédito o préstamo? La ley mexicana establece lineamientos muy claros sobre las consecuencias de no pagar y sobre los límites que tienen los acreedores para exigir el dinero.
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PANORAMA DE DEUDAS EN MÉXICO
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Salud Financiera (ENSAFI), más del 36% de la población mayor de 18 años en México tiene algún tipo de deuda. De ese porcentaje, un 17% considera que su endeudamiento es excesivo o impagable, mientras que el 48% lo percibe como moderado.
Las deudas más comunes son:• Tarjetas de crédito• Hipotecas• Créditos automotrices• Préstamos personales o de nómina
El problema radica en que muchas veces los intereses se acumulan, dificultando el pago. Ante esto, surgen amenazas de los cobradores, quienes suelen asegurar que la persona deudora puede terminar en prisión.
¿SE VA A PRISIÓN POR NO PAGAR UNA DEUDA?
La Constitución Política de México, en su artículo 17, es clara: nadie puede ser encarcelado por deudas de carácter civil. Esto significa que, aunque debas una tarjeta de crédito, una hipoteca o un préstamo, no puedes ir a prisión únicamente por el incumplimiento de pago.
Ángel González, director de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor, explicó que:
“Las deudas no son un delito, deber no es un delito. A los cobradores les encanta amenazar diciendo que si no pagas vas a la cárcel, pero eso no es cierto”.
Lo que sí puede suceder es que el acreedor inicie un proceso judicial civil para exigir el pago, lo que podría derivar en embargos de bienes o acuerdos de pago forzosos, pero nunca en cárcel por sí mismo.
EXCEPCIONES DE DEUDAS QUE SÍ AMERITAN CÁRCEL
Aunque no pagar un préstamo bancario no es delito, existe un caso en el que una deuda sí puede llevar a prisión: el fraude.
El artículo 386 del Código Penal Federal establece que comete fraude quien, mediante engaños o aprovechándose del error de otra persona, obtiene un beneficio económico indebido.
Las sanciones por fraude van desde:
• Prisión de 3 días a 6 meses y multa de 30 a 180 días de salario, si el monto no excede 10 salarios mínimos.
• Prisión de 6 meses a 3 años y multa de 10 a 100 veces el salario, si excede de 10 y hasta 500 veces el salario.
• Prisión de 3 a 12 años y multa de hasta 120 veces el salario, si lo defraudado supera 500 veces el salario.
Esto significa que solo si una persona obtuvo un préstamo o crédito a través de mentiras, documentos falsos o engaños, puede ser acusada de fraude y enfrentar la cárcel.
AMENAZAS DE COBRADORES: LO QUE DEBES SABER
En México, es común que despachos de cobranza recurran a tácticas de miedo. Llamadas a todas horas, mensajes intimidatorios y amenazas de cárcel son algunas prácticas denunciadas por los deudores. Sin embargo, estas prácticas son ilegales y pueden denunciarse ante la Condusef.
Lo que sí puede proceder es un juicio civil en el que, si se determina que la deuda es válida, el juez puede ordenar embargos o descuentos en nómina.
DATOS CURIOSOS SOBRE EL ENDEUDAMIENTO EN MÉXICO
• En promedio, un mexicano tarda más de 10 años en liquidar una hipoteca.
• El 60% de las personas con tarjeta de crédito en México pagan solo el mínimo mensual, lo que incrementa los intereses.
• La cultura del ahorro es baja: solo el 15% de los mexicanos cuenta con un fondo de emergencia.
Tener una deuda en México no te llevará a prisión, siempre y cuando no exista un delito de fraude de por medio. Lo que sí puede ocurrir son procesos civiles que afecten tu patrimonio. Por ello, es importante conocer tus derechos, no dejarse intimidar por despachos de cobranza y buscar alternativas legales para reestructurar o liquidar los compromisos financieros.
En resumen: no pagar no es delito, pero defraudar sí lo es.