¿Cómo puedo activar mi Buzón Tributario ante el SAT con la nueva prórroga?

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/ 2 enero 2025

Será hasta el 1 de enero de 2026 cuando las multas y sanciones por no tener activo el Buzón Tributario entrarán en vigor

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció hoy que dará prórroga a los contribuyentes para la activación del Buzón Tributario. Esta medida tiene como objetivo mejorar la comunicación entre la autoridad fiscal y los ciudadanos, ofreciendo un canal más ágil, directo y seguro para realizar diversos trámites fiscales.

Será hasta el 1 de enero de 2026 cuando las multas y sanciones por no tener activo el Buzón Tributario entrarán en vigor, y no el 1 de enero de 2025, como se había dado a conocer previamente.

Se trata de una herramienta electrónica diseñada para que los contribuyentes puedan interactuar con el SAT de manera más eficiente. A través de esta plataforma, los ciudadanos podrán recibir notificaciones, solicitudes de información, y otros comunicados importantes relacionados con su situación fiscal.

Según lo estipulado en el Código Fiscal de la Federación, aquellos que no habiliten su buzón podrían enfrentarse a multas de hasta 11 mil pesos, lo que refuerza la importancia de cumplir con esta obligación.

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¿CÓMO ACTIVAR EL BUZÓN?

Para activar el Buzón Tributario, los contribuyentes deben seguir una serie de pasos sencillos, como los siguientes:

- Ingresar al portal oficial del SAT (sat.gob.mx) y seleccionar la opción “Ejecutar en Línea”;

- Seleccionar la opción “Buzón Tributario” e iniciar sesión con RFC y contraseña o e.firma vigente;

- Desde el menú de “Accesos Rápidos”, Da clic en el ícono de “Configuración” y proporcionar uno o más correos electrónicos, así como un número de teléfono celular. Es importante verificar los datos ingresados y confirmar el registro cuando el sistema lo solicite;

- Una vez finalizado el proceso, se debe imprimir el acuse de registro. Además, es fundamental confirmar los datos de contacto en un plazo de 72 horas, de lo contrario, el registro será cancelado.

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¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A ACTIVAR EL BUZÓN TRIBUTARIO?

La medida aplica a diversas categorías de contribuyentes, tanto personas físicas como morales.

Entre las personas físicas que deben cumplir con esta normativa se incluyen aquellas que hayan obtenido ingresos por sueldos, salarios o asimilados a salarios menores a 400 mil pesos en el ejercicio fiscal anterior.

Además, contribuyentes sin actividad económica o con situación fiscal suspendida en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) también deben activar el buzón. Sin embargo, existen excepciones, como en el caso de personas morales con suspensión en su situación fiscal, quienes no estarán obligados a activar el Buzón Tributario para ciertos trámites.

La activación de esta herramienta no solo facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sino que también permite a los contribuyentes realizar diversos trámites desde la comodidad de su hogar o lugar de trabajo, sin necesidad de desplazarse a las oficinas del SAT.

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@princesagodin El SAT te puede multar si no activas tu buzón tributario #aprendecontiktok #longervideos ♬ sonido original - Lucy Her

SAT HABILITA PRÓRROGA

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2025 para que los contribuyentes habiliten el Buzón Tributario, una herramienta indispensable para la comunicación fiscal. Incumplir con esta obligación después de la fecha límite será motivo de infracción.

Las multas por no activarlo pueden ir de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos, según lo establece el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 86-C y 86-D.

La decisión responde a que numerosos contribuyentes desconocían cómo activar este canal de comunicación, cuya fecha original de vencimiento era el 31 de diciembre de 2024. Desde 2020, el SAT estableció como obligatorio el uso del Buzón Tributario, con excepción de ciertos casos específicos:

- Personas físicas y morales registradas como canceladas o suspendidas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC);

- Personas físicas sin obligaciones fiscales ni actividad económica;

- Contribuyentes asalariados o asimilados a salarios con ingresos menores a 400 mil pesos en el ejercicio inmediato anterior.

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BENEFICIOS DEL BUZÓN TRIBUTARIO

El Buzón Tributario es un portal personalizado que busca facilitar la interacción entre los contribuyentes y el SAT. Entre sus ventajas destacan:

1.- Notificaciones electrónicas accesibles en cualquier momento y lugar con conexión a internet.

2.- Información oportuna sobre requerimientos, resoluciones y trámites fiscales.

3.- Acceso a beneficios, programas fiscales y orientación para cumplir con las obligaciones tributarias.

4.- Mayor certeza jurídica en los actos administrativos y en las operaciones realizadas.

5.- Ahorro en tiempo y recursos gracias a su eficiencia digital.

(Con información de El Universal y Apolonio Alvarado / Sara Navarrete | VANGUARDIA)

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